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  • ¿Se puede rechazar jubilación por bajo importe?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #814579  por tito2007
 
Hola, espero puedan ayudarme. Soy de Capital, nuevo en Previsional, vino una cliente que inició jubilación ella sola y tiene fecha de cobro a mediados de Marzo. El tema es que ella tenía partes del sueldo no remuneratorias, aunque con recibo (viáticos por $6000 anuales los últimos 5 años), de los que no se hicieron aportes y ella, obviamente, no hizo nada porque pensaba que le aportaban por eso también. Tiene 36 años de aportes y cree que la jubilación obtenida es un importe bajo, de acuerdo a sus salarios. Lo que quería saber es:

1- ¿Tendría que hacer algo ANTES de cobrar? Por ej. rechazar jubilación o presentar algún recurso o puede empezar a cobrar y DESPUES iniciar recurso administrativo y judicial por ajustes (si procediera). ¿Qué sería más rápido?
2- ¿Cómo es el tema del reclamo por esos viáticos y retroactivos que cobró y no se registraron, va por reclamo ante UDAI, la CARSS, etc. y luego judicial o hay otro modo más rápido?

Como siempre espero sus respuestas esclarecedoras. Gracias
 #814922  por tito2007
 
Gracias Noelin y andrea1982 por su pronta respuesta, como siempre unas capas. Con lo que me dijeron, me aclararon un poco el panorama, yo quería saber si podía evitarse el reajuste ANTES de cobrar para ver si se podía hacer algo más rápido, pero hay que hacer toda la movida.
Les cuento que esta sra. trabajo 7 años en un empleo allá por 1970 y luego completó 30 más; los promedios salariales anuales de los últimos 10 años son:

2001 1000
2002 1000
2003 1000
2004 1100
2005 1100
2006 1700
2007 2500
2008 3200
2009 4500
2010 6500
2011 8000
A esto, sumar $6000 de viáticos por año los últimos 5, de los que tiene recibo con el importe, pero sin descuentos jubilatorios o de obra social. Leí en algún lado que la CSJN determinó que los pagos no remunerativos son parte de la jubilación ¿o me equivoco?

Inició todo en Febrero 2011 y salió ahora, con un haber jubilatorio de $3300.
Desde ya les agradezco cualquier comentario que me puedan dar y si hay que hacer el reclamo administrativo en UDAI, CARSS y luego judicial. Saludos.
 #815066  por SIPOL82
 
Yo iniciaria un reclamo administrativo y luego un reajuste, con el fin de que se computen esas sumas "no remunerativas" de acuerdo al recibo de sueldo, pero que sin son remunerativas atento a que son habituales y regulares, en todo caso te reajustan y del retroactivo te descuentan los aportes omitidos. Hay un fallo de Corte "Rainone de Ruffo".
 #815097  por jarocho
 
Art 6 L. 24241 Concepto de remuneración

Artículo 6º — Se considera remuneración, a los fines del SIJP, todo ingreso que percibiere el afiliado en dinero o en especie susceptible de apreciación pecuniaria, en retribución o compensación o con motivo de su actividad personal, en concepto de sueldo, sueldo anual complementario, salario, honorarios, comisiones, participación en las ganancias, habilitación, propinas, gratificaciones y suplementos adicionales que tengan el carácter de habituales y regulares viáticos y gastos de representación, excepto en la parte efectivamente gastada y acreditada por medio de comprobantes, y toda otra retribución, cualquiera fuere la denominación que se le asigne, percibida por servicios ordinarios o extraordinarios prestados en relación de dependencia.

La autoridad de aplicación determinará las condiciones en que los viáticos y gastos de representación no se considerarán sujetos a aportes ni contribuciones, no obstante la inexistencia total o parcial de comprobantes que acrediten el gasto.[/color]


La Sra tendra los recibos copia de que ha percibido los viaticos que ha aplicado a los gastos de movilidad y representacion de su empresa, por tanto estan extinguidos y quiza rendidos al empleador y al ser gastos no ingresaron a su patrimonio como haber, si estos importes son ficticios y no son viaticos sino haberes en negro son indemostrables
 #815220  por tito2007
 
Gracias sipol82, habrá que hacer reclamo administrativo y reajuste en juicio, con suerte cobrará en 10 años; gracias jarocho por tu comentario, pero la sra. era una oficinista, no viajaba, así que no hay "parte efectivamente gastada y rendida por comprobantes" le ponían viáticos por ponerle un nombre a pagos en negro, eran $500 por mes que ella cobraba en recibo aparte y era el único item del recibo, nada más. Eran aumentos de sueldo encubiertos por lo que los tipos no pagaban aportes.
Saludos y gracias de nuevo.
 #815241  por andrea1982
 
tito, tendrías que ver si esos $500 por mes le hacen una diferencia significativa en el haber, en el caso de poder probarlo, quizás, te convenga hacer el reajuste con lo que sale normalente... (para decierlo de alguna manera), o sea, sin agregar esos $500 por mes. Que, como te dicen, sería dificil de probar, sino además, que si bien existe un fallo de Corte, seguramente tu reclamo termine llegando a la Corte y realmente, le conviene?