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  • Inicio en código 500. Acordada con distinta fecha inicio

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #815058  por dralucigonza
 
Hola gente. Les cuento lo que me sucede. Inicié una jubilación con moratoria en noviembre 2010, la iniciadora no lo queria ingresar por la res 555/10 (tenía una interpretación bastante particular), el tema es que finalmente lo inicié bajo insistencia, lo caratularon como actuación código 500. Agregué prueba documental en mayo 2011, resulta que hace un mes pasaron el expte. a cómputos y liquidación pero siempre en codigo 500, es decir, siempre hice el seguimiento del expediente yendo a la Udai porque con ese código no se puede consultar por web.
Bien, recién llego de la Udai donde pedí el telex del expediente y seguía en codigo 500 en cómputos y liquidación. Ahora me puse a ver la página de Anses y como siempre consulto todos lo exptes. también el que tengo (tenía) en código 500 y ¡¡OH SORPRESA!!! aparece acordado el beneficio el dia 7/03/2012 pero con fecha de inicio 7/03/2012, es decir SIN RETROACTIVO!!!!Esto está correcto? Se resuelve de ese modo cuando se inicia bajo insistencia, o deberé reclamar se rectifique la fecha de inicio a noviembre de 2010?
Por favor si alguien puede colaborar con su experiencia, desde ya muchas gracias.
 #815169  por dralucigonza
 
De ser así sería en mayo de 2011, de una u otra manera la fecha inicial de pago sería diferente a la del acuerdo del beneficio (7/3/2012). No recuerdo en este momento el número de resolución que determina la fecha inicial de pago, pero si no estoy equivocada, establecía , en caso de utilizar moratoria (como es este caso), la fecha del cálculo Sicam si se presentaba dentro de los 45 días de enviado. Mi duda radicaba en si este criterio también se utilizaba en los trámites iniciados bajo insistencia o si había otro criterio en estos casos en particular.
Saludos Periquita.
 #815202  por fabidoc
 
El inicio bajo insistencia no corta ningùn retroactivo.
La pàg de ANSES tiene muchos errores siempre, uno es que te pongan cualquier fecha cuando caratulan el expediente.Esperà a ver el RUB el pròximo mes.
 #815204  por arandu2
 
Eso pasa con todos los expedientes caratulados como actuacion 500. Es a los efectos de recortar el retroactivo. Anses no da mas con la cantidad de beneficios ingresados. Pasa con los retroactivos de pensiones sin afiliacion de autónomos tambien, pagan desde que se notifican de la resolucion de la Cars que les obliga a otorgar el beneficio.

Creo que tendrás que reclamar el retroactivo desde la liquidacion de Sicam, independientemente de la caratulacion.
Saludos.
 #815687  por dsncorp
 
Arandu buenas noches te consulto, te ha pasado algun expediente de la manera que comentas caratularte 500 como actuacion, de ser asi, hiciste algun reclamo? te lo han resuelto? gracias y saludos¡