Hola.
Tengo jubilacion denegada de servicios de construcción porque el periodo no acreditado se refiere a que el mismo se encontraba sobreraspado las fechas en la libreta. Los mismos fueron a verificar y la empresa ya estaba cerrada hace años.
Se adjuntó certificacion de sertvicios de época con los periodos indicados, estos no estan el el SIPA.
Tambien se adjuntó constancia del IERIC.
Pregunto por el valor probatorio de la constancia mencionada.
Segun Res 18/09 de la SSS, dice en su Anexo:
"Punto 1. Las constancias de inscripcion ... que extienda el Ieric, resultará prueba suficiente para acreditar ante Anses, los servicios con aportes prestados...."
"Punto 6. Solo se admitirá como prueba supletoria de los datos que obren en los registros mencionados en los parrafos 1 y 2, la libreta de aportes del fondo de desempleo."
En mi caso, la Udai no tomo en consideracion la constancia del Ieric. Al preguntar a la coordinadora de computos el porque de la dengatoria, me contestó que la constancia de Ieric no sirve para nada, textual.
Agradeceré cualquier informacion que sirva para resolver el caso.
Tengo jubilacion denegada de servicios de construcción porque el periodo no acreditado se refiere a que el mismo se encontraba sobreraspado las fechas en la libreta. Los mismos fueron a verificar y la empresa ya estaba cerrada hace años.
Se adjuntó certificacion de sertvicios de época con los periodos indicados, estos no estan el el SIPA.
Tambien se adjuntó constancia del IERIC.
Pregunto por el valor probatorio de la constancia mencionada.
Segun Res 18/09 de la SSS, dice en su Anexo:
"Punto 1. Las constancias de inscripcion ... que extienda el Ieric, resultará prueba suficiente para acreditar ante Anses, los servicios con aportes prestados...."
"Punto 6. Solo se admitirá como prueba supletoria de los datos que obren en los registros mencionados en los parrafos 1 y 2, la libreta de aportes del fondo de desempleo."
En mi caso, la Udai no tomo en consideracion la constancia del Ieric. Al preguntar a la coordinadora de computos el porque de la dengatoria, me contestó que la constancia de Ieric no sirve para nada, textual.
Agradeceré cualquier informacion que sirva para resolver el caso.
