hola!! quería hacer la siguiente consulta: se inicia un divorcio de comun acuerdo (art 214 inc 2) por uno de los conyuges (mi cliente) en capital federal; todavia no habiamos dado traslado de la demanda a la otra parte. Mi cliente se va de viaje por lo cual no tuve contacto con él en unos meses y el expediente es paralizado. Cuando lo saco de paralizado me encuentro con que el juez habia decretado de oficio la caducidad de instancia con costas a la actora!!!! estoy desesperada!! cómo prosigo en este caso?? hay alguna forma de revertir esta situación presentando un escrito donde manifiesto mi intención de seguir con el juicio o es irreversible?? perdón por la ignorancia, soy nueva en la profesión!! Muchas gracias!!!