Estimados colegas, quisiera aclarar una duda si alguien me puede responder. Los libros y la teoría son una cosa y la práctica y la realidad otra. Me llegaron en forma simultánea dos casos de pensión para saber si corresponde pedir un reajuste, teniendo en cuenta el salario que cobraban, etc. etc.- . El caso es de dos viudas. Cuando chequeo la documentación advierto que no les abonaron el primer haber con el retroactivo desde la fecha de fallecimiento del esposo. Si bien el trámite de pensión es imprescriptible, qué pasa en el caso de una pensión de la que en tiempo oportuno no se reclamó por error en liquidación inicial y pasaron más de dos años? Existe igual la posibilidad de reclamar?
