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  • DUDA CON REGULARIDAD APORTES PARA PENSION

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #816379  por torda2011
 
Hola les consulto porque estoy en duda y si llego a la regularidad es justito! Para ser irregular con derechos se requiere 18 meses como minimo dentro de los 36 anteriores al fallecimiento. Mi duda es se toma o no el mes de fallecimiento? En este caso el sr. fallecio el 8/4/2011 si no se tomo entro justito con 18 meses sino me falta uno!!! Espero su ayuda, muchas gracias
 #816539  por fabidoc
 
para mí debería contar del 04/2008 al 04/2011 para que estén dentro de los 36...anteriores al fallecimiento
 #816627  por MARIO1943
 
COINDIDO CON FABIDOC
PORQUE EL DECRETO NO DICE 18 MESES DENTRO D E LOS 36 MESES calendario A LA FECHA DEL FALLECIMIENTO, SI EL FALLECIO EL 08/04/2011, ANTERIOR ES 07/04/2011 Y SI EL MES DE ABRIL LO TIENE PAGO , EL MISMO ES COMPUTABLE PARA REUNIR LOS 18 MESES
 #816667  por periquita
 
andrea1982 escribió:Y si es como dicen fabidoc y Mario, que tuviese pagado el es 4, por qué habrían de descartarlo?
Entiendo que no, pero no es éste el caso.
La norma está hecha para beneficiar y no para perjudicar.
Saludos
 #816671  por periquita
 
periquita escribió:
andrea1982 escribió:Y si es como dicen fabidoc y Mario, que tuviese pagado el es 4, por qué habrían de descartarlo?
Entiendo que no, pero no es éste el caso.
La norma está hecha para beneficiar y no para perjudicar.
Saludos
Creo haber leído un dictamen o posiblemente una resolución de la CARSS de una persona que falleció los últimos días de agosto, era autónomo y la sra. pagó con posterioridad ese mes que no estaba vencido a la fecha del deceso y se lo dieron por válido.
Saludos
 #816784  por torda2011
 
Muchas gracias por las respuestas! voy a consultar el jueves en la udai que inicio. Si se tiene en cuenta el mes de fallecimiento en este caso 4/2011 los 36 meses anteriores serian al 5/2008 o sea q me faltaria 1 mes! saludos
 #816804  por dramamita
 
uno lo dice rapido.....y dice 18/38 anteriores al fallecimeinto ............pero tengan en cuenta que el decreto dice: meses anteriores AL DEL fallecimiento, o sea que si fallece en abril, mes entero anterior es marzo
 #816844  por MARIO1943
 
dramamita escribió:uno lo dice rapido.....y dice 18/38 anteriores al fallecimeinto ............pero tengan en cuenta que el decreto dice: meses anteriores AL DEL fallecimiento, o sea que si fallece en abril, mes entero anterior es marzo
EL DECRETO NO DICE : MESES ANTERIORES AL DEL FALLECIMIENTO, SI NO, ANTERIOR A LA FECHA DE FALLECIIENTO, QUE NO ES LO MISMO

III) aportante irregular con derecho a quien se le hubieran efectuado las retenciones correspondientes (para el caso de los trabajadores en relación de dependencia) o que registren el ingreso de sus aportes (para el caso de autónomos y monotributistas), siempre que cada pago se hubiere efectuado dentro del mes calendario correspondiente a su vencimiento, durante dieciocho meses (18) como mínimo dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de la solicitud del retiro o a la fecha del fallecimiento.
 #816921  por jarocho
 
Sigamos con el ejemplo planteado
Fallecio el 08-04-2011, el mes de fallecimiento es el mes 04, a ese momento , por el devengado abril no debia nada ya que venceria el 15-05 y para pension o RTI hubiera estado regular pagarlo hasta el 31-05/2011. Por el mes 4 no hay deuda exigible por eso la regularidad se exige sobre el mes 3 y los anteriores necesarios para calificar regular o irregular.
El mes 3 vencera el 15-04 y tiene para RTI y pension hasta el 30-04, lo haya pagado el finadito o su viuda ya que esta devengado