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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #817577  por cmarielan
 
Buenos días a todos! Tengo un cliente con aportes en rrdd y autónomos y no estoy pudiendo resolver la parte autónoma.
Hombre nacido el 13/12/1947
Cumplió 18 años el 13/12/1965
Aportes en rrdd 01/1966 a 09/1969
01/1970 a 07/1974
03/1975 a 12/1982
Hasta ahí me da un total de 16 años y 2 meses de servicios comunes

Inscripción en autónomos pantalla datos:
Perídos prescriptos
03/1992 al 02/2002 act. 907 (taxista) categoría B' Autónomo
Períodos no prescriptos
03/2002 al 02/2007 act. 907 categoría B' Autónomo
03/2007 (sin fecha de cese sigue pagando) actividad 211 T2 Cat I (prima) ingresos hasta 20.000 Autónomo

En ccam me sale una deuda total de $3730,19
Esta deuda es de 5 meses del año 2007 que están impagos (2/2007 al 06/2007) e intereses de eso y otros pagos fuera de término.

Yo había pensado renunciar por ley 25.321 esos meses y pagar los intereses al contado. Cuando hago el sicam y quiero aplicar el beneficio el sistema me tira el sig. error: "No se puede aplicar beneficio a período sin actividad".
Seguí adelante con el sicam, aplicando ley 24.476 sin aplicar beneficios y me dió en cero. Mando el plan así??? No va a tener problemas este señor con esa deuda pendiente???
El va a seguir pagando como autónomo ya que si bien tiene dada de baja la actividad de taxista (aunque en la práctica sigue trabajando) sigue siendo titular de licencia y explotando la misma.

Por favor si alguien me puede dar una mano voy a estar muy agradecida!
 #817598  por DRADIN
 
hay varios puntos a tratar acá me parece...pero como para arrancar te diría que habría que hacer coincidir el puc con la situacion de revista para lo no prescripto como mínimo. puede que la deduda te quede en cero si cambais categorias anteriores al 93 aunque no creo porque va cancelando de arriba para abajo...porotor lado, deberías haber cargado la 25321 en dos partes: del 2/2007 al 2/2007 y despues del 3/2007 en adelante. porq tenés ahí el corte de lo prescripto/no prescripto y además cambia de actividad/categoría.
por otro lado decís que tiene dada de baja la actividad pero que sigue pagando porque trabaja de taxista... y en los datos de sit. de revista que pegás no figuura dado de baja...
por otro lado decís que seguiste adelante con el sicam y te dió deuda cero. evidentemente algo lograste hacer en ese sicam que te dió cero. ese detalle de deuda en cero te permitiría iniciar sin deuda. habría que ver el sicam concretamente para ver qué hiciste y poder entender/ayudarte un poco más.
 #817602  por cmarielan
 
Hola! No, no es que me figure baja, sino que cambió la actividad, eso creo que se lo hizo un contador, la verdad es que soy abogada y con la parte contable me confundo mucho, hasta ahora los sicam que hice fueron simplemente para comprar años en casos en que las personas no tenían ningún aporte como autónomos.
No sé por qué me dio cero, no lo puedo entender, tampoco puedo entender por qué motivo no me deja renunciar a esos 5 meses impagos del 2007. En situación de revista cargué lo siguiente:
03/1992 a 02/2002 act. 907
03/2002 a 02/2007 act. 907
03/2007 a 02/2012 act. 211
Puse a aplicar ley 24.476 y opción por cálculo de deuda total.
Luego ingresé a régimen de regularización voluntaria, calcular liquidación al contado y me sale en 0!
 #817626  por MARIO1943
 
cmarielan escribió:Hola! No, no es que me figure baja, sino que cambió la actividad, eso creo que se lo hizo un contador, la verdad es que soy abogada y con la parte contable me confundo mucho, hasta ahora los sicam que hice fueron simplemente para comprar años en casos en que las personas no tenían ningún aporte como autónomos.
No sé por qué me dio cero, no lo puedo entender, tampoco puedo entender por qué motivo no me deja renunciar a esos 5 meses impagos del 2007. En situación de revista cargué lo siguiente:
03/1992 a 02/2002 act. 907
03/2002 a 02/2007 act. 907
03/2007 a 02/2012 act. 211
Puse a aplicar ley 24.476 y opción por cálculo de deuda total.
Luego ingresé a régimen de regularización voluntaria, calcular liquidación al contado y me sale en 0!
PARA RENUNCIAR ESOS 5 MESES, TENES QUE PONER EN BENEFICIOS OPTAR POR LA LEY 25321 Y PONER D E STA MANERA
02/2007 AL 02/2007 ART. LEY 25321
DESPUE S INGRESAS DE NUEVO Y PONES
03/2007 AL 06/2007

VOS TENES QUE RESPETAR LOS CORTES DE LA SIT. DE REVISTA, NO LO PODES HACER DE CORRIDO
 #817631  por MARIO1943
 
SI TE DA CERO PESOS DE DEUDA , NO LO HAGAS POR LA LEY 24476, SI NO, POR LA LEY 24241
SI TE DA CERO PESOS D E DEUDA, PUEDE SUCEDER LO SIGUIENTE

1) QUE LE CAMBIASTES LA ACTIVIDAD A UNA MAS BAJA, QUIZAS EL CONTADOR AL CAMBIAR DE ACTIVIDAD LO HIZO EN FORMA RETROACTIVA, PESENTANDO TODAS LAS PRUEBAS
2) QUE TENGA UN PLAN PAGADO SIN CANCELAR

SI ES ASI ESOS PAGOS EN EXCESO QUEDAN COMO A CUENTA Y S E IMPUTA A LA DEUDA MAS VIEJA
 #817632  por DRADIN
 
coincido con Mario que con mucha más sapiencia y paciencia explicó mucho más detallado lo que yo intenté volvar en breves líneas... jaja. Qué bueno que coincidimos...eso quiere decir que voy por buen camino ya que se nota que sabés mucho! :wink:
 #817647  por cmarielan
 
Mil gracias a ambos! Logré ahora sí cargar el beneficio en esos 5 meses.
Apliqué ley 24.241
El cliente me dijo que nunca adhirió a ninguna moratoria, y no me sale ningún plan presentado. Entré por ccam y me figura la deuda de $3730,19, de los cuales son $1775, 71 de obligaciones mensuales y $1954,48 de accesorios (lo calculé esta mañana).
Ahora para volver a liquidar voy a tener que esperar hasta mañana, pero antes una última pregunta, en el último paso luego de calcular liquidación a qué plan de pagos tengo que entrar?
Muchas gracias nuevamente!
 #817651  por MARIO1943
 
cmarielan escribió:Mil gracias a ambos! Logré ahora sí cargar el beneficio en esos 5 meses.
Apliqué ley 24.241
El cliente me dijo que nunca adhirió a ninguna moratoria, y no me sale ningún plan presentado. Entré por ccam y me figura la deuda de $3730,19, de los cuales son $1775, 71 de obligaciones mensuales y $1954,48 de accesorios (lo calculé esta mañana).
Ahora para volver a liquidar voy a tener que esperar hasta mañana, pero antes una última pregunta, en el último paso luego de calcular liquidación a qué plan de pagos tengo que entrar?
Muchas gracias nuevamente!
1) VOS NO TENES QUE FIJARTE EN EL CUENTA CORRIENTE,
2) NO ENTRAS A NINGUN PLAN, SI NO HAY MORATORIA
TENES QUE IMPRIMIR LOS SIGUIENTES FORMULARIOS
SITUACION DE REVISTA
DETALLE DE DEUDAA
FORMULARIO 558 A-B-C
PARA QUE LIQUIDAR DE NUEVO, SI YA LIQUIDASTES O TENES MAS QUE CORREGIR?
 #817656  por cmarielan
 
Pasa que aún renunciando a esos meses, igual me va a quedar algo que pensaba pagar al contado, ya que este hombre muchas veces pagó fuera de término con lo cual se le generaron intereses.
Entré a los formularios 558 y me sale una deuda gigante, tal vez como se me acabaron las dos liquidaciones diarias no me tomó los últimos cambios. Me parece que ya estoy mareada.
Te agradezco muchísimo la ayuda y la predisposición!
 #817690  por MARIO1943
 
cmarielan escribió:Pasa que aún renunciando a esos meses, igual me va a quedar algo que pensaba pagar al contado, ya que este hombre muchas veces pagó fuera de término con lo cual se le generaron intereses.
Entré a los formularios 558 y me sale una deuda gigante, tal vez como se me acabaron las dos liquidaciones diarias no me tomó los últimos cambios. Me parece que ya estoy mareada.
Te agradezco muchísimo la ayuda y la predisposición!
ESA DEUDA QUE SALE EN EL F. 558, ES LA DEUDA REAL, NO LE DES IMPORTANCIA, YA QUE AL ENTRAR EN MORATORIA LA DEUDA CAMBIA , DE REDUCE BASTANTE

LA DEUDA , ES AL QUE TE SURGE DEL DETALLE DE DE DEUDA, SI HAY INTERESES DESPUES DEL 09/1993 ,LO RENUNCIAS SI ESOS PERIODOS NO TE SIRVEN Y LA DEUDA ES MUL ALTA, SI ES BAJA LA PODES PAGAR