Aqui les copio la circular 71/06
“2006- AÑO DE HOMENAJE A Dr. RAMON CARRILLO”
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 15 de Diciembre de 2006.-
CIRCULAR GP Nº 71/06
CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM
DISPOSICIÓN AFIP Nº 586/06
En atención a las consultas efectuadas por las UDAI, se aclara a todas las áreas
de esta Administración, que cuando se observan cuotas registradas en el SICAM
como “EFECTIVO”, significa que el titular ha realizado dicho pago.
De surgir en forma de pago la descripción “ANSES”, indica que AFIP apropio de
ANSES el monto correspondiente a la misma, en estos casos, al momento de
cargar el beneficio, deberán actuar como a continuación se detalla:
1) Aquellas cuotas que el titular no haya abonado, ya sea en su totalidad o
las que estén impagas, deben ser descontadas del pago retroactivo, con
los códigos de descuento habilitados a tales efectos, 500-200, 500-201 ó
500-202 según corresponda.
2) En el momento de iniciar el trámite de la prestación, la UDAI deberá
informar la cantidad total de las cuotas pendientes de pago, deduciendo
sólo las cuotas efectivamente abonadas por el titular perteneciente al plan
vigente que figuran en el SICAM con la leyenda “EFECTIVO“
En el procedimiento que se aplica para los trámites ingresados por WEB, no se
descuentan las cuotas del retroactivo, por lo cual las mismas son diferidas,
extendiendo el plan, de acuerdo a la cantidad de cuotas.
Esto se hace extensivo a los beneficios iniciados y acordados, en los supuestos de
omisión de haberse informado las cuotas que debían afectar el retroactivo.
Ej.: Consideradas por AFIP 3 cuotas, las que no fueron descontadas del
retroactivo, el plan se extiende 3 meses mas.