Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CIRCULAR GP Nº 71-06

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #8181  por martha
 
HOLA : ESTA CIRCULAR SE REFIERE A CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM DISPOSICION AFIP Nº 586-06

NO LA PUEDO PEGAR PORQUE ESTÁ EN FORMATO PDF.
SI ALGUIEN SABE COMO ADJUNTAR UN ARCHIVO A ESTOS MAIL, PORFAVOR AVISEN.

SI ALGUNO PUEDE CONVERTIR PDF A TEXTO DE WORD, SE LO ENVIO A SU MAIL PRIVADO FUERA DEL FORO Y LUEGO LO PEGA. GRACIAS. :oops:
 #8183  por raúl moreno
 
martha escribió:HOLA : ESTA CIRCULAR SE REFIERE A CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM DISPOSICION AFIP Nº 586-06

NO LA PUEDO PEGAR PORQUE ESTÁ EN FORMATO PDF.
SI ALGUIEN SABE COMO ADJUNTAR UN ARCHIVO A ESTOS MAIL, PORFAVOR AVISEN.

SI ALGUNO PUEDE CONVERTIR PDF A TEXTO DE WORD, SE LO ENVIO A SU MAIL PRIVADO FUERA DEL FORO Y LUEGO LO PEGA. GRACIAS. :oops:


Dra. Martha: No estoy muy seguro, pero, me parece que, se puede agregar a favoritos y de allí a "mis documentos". A partir de ahí, como siempre. Me gustaría saber si esto le dio resultado positivo. Saludos. Raúl.

 #8188  por martha
 
Voy a probar, la verdad, cuando aparece algo en PDF, tengo que pedirle ayuda a mi esposo, si se puede con tu sugerencia, la pego. :!:

 #8191  por Eylen
 
Aqui les copio la circular 71/06

“2006- AÑO DE HOMENAJE A Dr. RAMON CARRILLO”
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 15 de Diciembre de 2006.-
CIRCULAR GP Nº 71/06
CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM
DISPOSICIÓN AFIP Nº 586/06
En atención a las consultas efectuadas por las UDAI, se aclara a todas las áreas
de esta Administración, que cuando se observan cuotas registradas en el SICAM
como “EFECTIVO”, significa que el titular ha realizado dicho pago.
De surgir en forma de pago la descripción “ANSES”, indica que AFIP apropio de
ANSES el monto correspondiente a la misma, en estos casos, al momento de
cargar el beneficio, deberán actuar como a continuación se detalla:
1) Aquellas cuotas que el titular no haya abonado, ya sea en su totalidad o
las que estén impagas, deben ser descontadas del pago retroactivo, con
los códigos de descuento habilitados a tales efectos, 500-200, 500-201 ó
500-202 según corresponda.
2) En el momento de iniciar el trámite de la prestación, la UDAI deberá
informar la cantidad total de las cuotas pendientes de pago, deduciendo
sólo las cuotas efectivamente abonadas por el titular perteneciente al plan
vigente que figuran en el SICAM con la leyenda “EFECTIVO“
En el procedimiento que se aplica para los trámites ingresados por WEB, no se
descuentan las cuotas del retroactivo, por lo cual las mismas son diferidas,
extendiendo el plan, de acuerdo a la cantidad de cuotas.
Esto se hace extensivo a los beneficios iniciados y acordados, en los supuestos de
omisión de haberse informado las cuotas que debían afectar el retroactivo.
Ej.: Consideradas por AFIP 3 cuotas, las que no fueron descontadas del
retroactivo, el plan se extiende 3 meses mas.

 #8515  por raúl moreno
 
Eylen escribió:Aqui les copio la circular 71/06

“2006- AÑO DE HOMENAJE A Dr. RAMON CARRILLO”
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 15 de Diciembre de 2006.-
CIRCULAR GP Nº 71/06
CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM
DISPOSICIÓN AFIP Nº 586/06
En atención a las consultas efectuadas por las UDAI, se aclara a todas las áreas
de esta Administración, que cuando se observan cuotas registradas en el SICAM
como “EFECTIVO”, significa que el titular ha realizado dicho pago.
De surgir en forma de pago la descripción “ANSES”, indica que AFIP apropio de
ANSES el monto correspondiente a la misma, en estos casos, al momento de
cargar el beneficio, deberán actuar como a continuación se detalla:
1) Aquellas cuotas que el titular no haya abonado, ya sea en su totalidad o
las que estén impagas, deben ser descontadas del pago retroactivo, con
los códigos de descuento habilitados a tales efectos, 500-200, 500-201 ó
500-202 según corresponda.
2) En el momento de iniciar el trámite de la prestación, la UDAI deberá
informar la cantidad total de las cuotas pendientes de pago, deduciendo
sólo las cuotas efectivamente abonadas por el titular perteneciente al plan
vigente que figuran en el SICAM con la leyenda “EFECTIVO“
En el procedimiento que se aplica para los trámites ingresados por WEB, no se
descuentan las cuotas del retroactivo, por lo cual las mismas son diferidas,
extendiendo el plan, de acuerdo a la cantidad de cuotas.
Esto se hace extensivo a los beneficios iniciados y acordados, en los supuestos de
omisión de haberse informado las cuotas que debían afectar el retroactivo.
Ej.: Consideradas por AFIP 3 cuotas, las que no fueron descontadas del
retroactivo, el plan se extiende 3 meses mas.

Muchas gracias. ¡FELIZ AÑO NUEVO!

 #8548  por Eylen
 
Feliz año nuevo a Ud. Raul y a todos los del foro.
Eylen