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  • MORATORIA 493/95 Se puede prescribir o renunciar?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #819583  por gabicor
 
HOLA A TODOS:
Vino a verme una Sra. para que le haga la pensión, el marido se había accogido a la moratoria 493/95, pero por supuesto no tiene ninguna documentación de dicha moratoria. sólo me aparecen algunos pagos, pero desconozco los perídos que incluyó y si está cancelada, cuando hago el sicam respetando el Puc, me aparece deuda por alrededor de 20.00 pesos. Tengo entendido que si el Sr. se había inscripto en la moratoria no puedo prescribir ni renunciar a los períodos. esto es así? porque entonces no la voy a poder pensionar, no tiene ni por casualidad la plata para cancelarlo.
Espero me puedan ayudar. Mil gracias.
 #819658  por MARIO1943
 
gabicor escribió:HOLA A TODOS:
Vino a verme una Sra. para que le haga la pensión, el marido se había accogido a la moratoria 493/95, pero por supuesto no tiene ninguna documentación de dicha moratoria. sólo me aparecen algunos pagos, pero desconozco los perídos que incluyó y si está cancelada, cuando hago el sicam respetando el Puc, me aparece deuda por alrededor de 20.00 pesos. Tengo entendido que si el Sr. se había inscripto en la moratoria no puedo prescribir ni renunciar a los períodos. esto es así? porque entonces no la voy a poder pensionar, no tiene ni por casualidad la plata para cancelarlo.
Espero me puedan ayudar. Mil gracias.
EN DATOS PARA LA LIQUIDACION DONDE DICE MORATORIA 592, PONES QUE NO OPTAS
SI VA S POR LOS 30 ANOS, PODES RENUNCIAR
SI VAS POR MENOS , PARA ALCANZAR LA IRREGULARIDAD, PRECRIBI, NO PODES RENUNCIAR Y LOS PERIODOS NO PRESCRIPTO APLICAS EL DECRETO 526/95 EN LA PLANILLA D E SOLICITUDES PREVISIONALES Y LO DEJAS CON DEUDA EN DETALLE D E DEUDA
TODO VA A DEPENDER DE LA EDAD QUE TENIA CUANDO FALLECIO Y SI TIENE LA REGULARIDAD
FALTAN DATOS
 #819659  por MARIO1943
 
gabicor escribió:HOLA A TODOS:
Vino a verme una Sra. para que le haga la pensión, el marido se había accogido a la moratoria 493/95, pero por supuesto no tiene ninguna documentación de dicha moratoria. sólo me aparecen algunos pagos, pero desconozco los perídos que incluyó y si está cancelada, cuando hago el sicam respetando el Puc, me aparece deuda por alrededor de 20.00 pesos. Tengo entendido que si el Sr. se había inscripto en la moratoria no puedo prescribir ni renunciar a los períodos. esto es así? porque entonces no la voy a poder pensionar, no tiene ni por casualidad la plata para cancelarlo.
Espero me puedan ayudar. Mil gracias.
EN DATOS PARA LA LIQUIDACION DONDE DICE MORATORIA 592, PONES QUE NO OPTAS
SI VA S POR LOS 30 ANOS, PODES RENUNCIAR
SI VAS POR MENOS , PARA ALCANZAR LA IRREGULARIDAD, PRECRIBI, NO PODES RENUNCIAR Y LOS PERIODOS NO PRESCRIPTO APLICAS EL DECRETO 526/95 EN LA PLANILLA D E SOLICITUDES PREVISIONALES Y LO DEJAS CON DEUDA EN DETALLE D E DEUDA
TODO VA A DEPENDER DE LA EDAD QUE TENIA CUANDO FALLECIO Y SI TIENE LA REGULARIDAD
FALTAN DATOS
 #822835  por gabicor
 
Muchas gracias Mario. Que otros datos necesitas? Perdon que inisita pero no entiendo, puedo o no prescribir o renunciar los períodos correspondientes a la Moratoria 493/95, porque para el caso de los vivos, sé que no puedo, pero para el caso de los muertos?
Mil gracias y perdón por mi ignorancia. Gabi