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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #819708  por mariaana
 
Hola gente: Les consulto por un tema un poco raro. Tengo un cliente que vive en España e inició sus trámites jubiltarios allá. Como tenía aportes en Argentina inició el trámite correspondiente para que se le reconozcan esos aportes. Hace unos meses le llega una notificación al domicilio de su hija, que fue el domicilio denunciado en Argentina, donde le piden que presente una liquidación sicam. La hija viene al estudio, hicimos la liquidacion y la presentamos. Después de estar mucho tiempo demorado en convenios internacionales chequeamos el expediente en la web de anses y dice que el tramite fue resuelto de forma favorable y que consulte la fecha de cobro. Por lo que veo le dieron la jubilación en Argentina y encima para cobrarla acá. Alguein tiene idea de que pudo haber pasado?? Encima el expediente está en Buenos aires y yo en Mar del Plata. Sin duda que voy a tener que pedirlo, pero no sé lo qeu va a demorar en llegarme. A Alguien se le ocurre algo??
 #819727  por Emma2011
 
No queda otra que fijarte en el expediente que beneficio fue el que pidieron...si pidieron reconoc.de servicios no le pueden haber otorgado una jubilacion...
 #819740  por periquita
 
Entiendo que lo que le dan es la jubilación proporcional a los años aportados en Argentina, según el sistema de prorrata tempore.
Puede cobrar directamente en España si nombra como apoderado a alguno de los siguientes 3 bancos: Nación, Comafi o Credicop.
Saludos
 #819763  por MARIO1943
 
mariaana escribió:Hola gente: Les consulto por un tema un poco raro. Tengo un cliente que vive en España e inició sus trámites jubiltarios allá. Como tenía aportes en Argentina inició el trámite correspondiente para que se le reconozcan esos aportes. Hace unos meses le llega una notificación al domicilio de su hija, que fue el domicilio denunciado en Argentina, donde le piden que presente una liquidación sicam. La hija viene al estudio, hicimos la liquidacion y la presentamos. Después de estar mucho tiempo demorado en convenios internacionales chequeamos el expediente en la web de anses y dice que el tramite fue resuelto de forma favorable y que consulte la fecha de cobro. Por lo que veo le dieron la jubilación en Argentina y encima para cobrarla acá. Alguein tiene idea de que pudo haber pasado?? Encima el expediente está en Buenos aires y yo en Mar del Plata. Sin duda que voy a tener que pedirlo, pero no sé lo qeu va a demorar en llegarme. A Alguien se le ocurre algo??
EL TRAMITE QUE DICE RESUELDO EN FORMA FAVORABLE , TIENE QUE TENER EL NUMERO D E BENEFICIO, LO TIENE?, COMO DICE CONSULTE LA FECHA DE COBRO
SI LO TIENE CONSULTA EN LA PAGINA D E ANSES,PARA VER SI ESTA DISPONIBLE EL PAGO, ADEMAS QUIEN ES LA APODERADA PARA COBRAR
 #819835  por mariaana
 
Si. El número de beneficiario figura, pero como se resolvió el 16/03 aún no figura la fecha de cobro. Sin dudas voy a tener que ver el expediente, pero me ayuda mucho lo que me dicen, son otras posibilidades que no había pensado, como lo que dice Periquita. Muchas gracias de verdad!!
 #819882  por diegomdp
 
mariana aca no hay nada raro, si la persona con los años de españa mas la liquidacion de sicam, mas la edad excedente llega a los años de servicios para jubialrse por argentina, se acuerda el beneficio y anses paga la prorrata tempore como ya te indicaron, sino hubiera llegado a los años de servicios para jubilarse deniega el tramite, reconoce los periodos y los devuelve al otro apis para que el otro pais liquide segun sus propias leyes con los servicios argentinos.

no te sorprendas cuando la persona cobre una miseria poruqe los convenios con el sistema de prorrata no tienen complemento al minimo, por eso es que a mi criterio si se puede conviene jubialrlo aca y despues pedir el convenio con el otro pais
 #819975  por mariaana
 
El señor llega con los años de aportes a jubilarse según la legislación argentina. Pero si ya le acordaron el beneficio que se puede hacer diegomdp para pedir el convenio con el otro país????
 #819989  por diegomdp
 
el convenio supuestamente ya lo pidio en su pais, con lo que si llega con los años para la legislacion argentina , argentina deberia liquidarle una jubilacion completa sin importarle lo del exterior y sin tener en cuenta la prorrata ya que segun decis tiene los años de servicios con aportes para hacerse acreedor a la jubi aca
 #820019  por periquita
 
mariaana escribió:El señor llega con los años de aportes a jubilarse según la legislación argentina. Pero si ya le acordaron el beneficio que se puede hacer diegomdp para pedir el convenio con el otro país????
¿Llega a los 30 años sin contar lo aportado en España?
 #820085  por mariaana
 
No. Sin moratoria no Periquita