Es en Provincia - Lomas. Quisiera saber si me sirve un escrito donde mi cliente se notifica y consiente la sentencia de divorcio, dice que se lleva una copia de la misma y tiene transcripto el Art. 54 de la ley de honorarios, para iniciar la demanda de el cobro de honorarios, ya que no volvio nunca mas al estudio. O debo imperiosamente notificarle por cedula la sentencia y los honorarios. Sirve esa nortificacion hecha en el estudio ? Es mi primera vez , por eso pregunto. Muchas Gracias.