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  • hay reciprocidad entre anses y la caja de jubil banco pcia

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #823737  por Mo
 
Hola hago una pregunta
Tengo una clienta que tiene 21 añosaportados para la caja del banco provincia.
Existe reciprocidad con anses? para poder comprar los 14 años que le faltan.
5 años compraria por ley 24476 y los haría reconocer por anses y compraria SDM 9 años y los haría reconocer en anses y luego presentaria la jubilación en la caja del banco provincia. Que me dicen?
Gracias
 #823814  por periquita
 
La reciprocidad existe, pero no creo que la puedas utilizar en este caso.

Te sugiero leer otros post sobre
- regularizar o “comprar” años con moratoria para llevar a otras cajas
- SDM pagado extemporáneamente…… y sobre todo para llevar a otra caja. Pruebas a presentar, etc.

Saludos
 #823831  por Mo
 
tambien necesitaria me especifiques algun titulo de post para que lo encuentre
porque estoy desde ayer probando distintas palabras en el buscador del portal y no me salta nada
 #823846  por diegomdp
 
como dijo periquita existe reciprocidad, ahora sacar ese tramite es mas dificil que ganarse el loto, primero poruqe deberias sortear dos trabas en anses la del sdm y la de un reco cerrado post 555, a suerte de una traba tenes que saltearte dos y si tenes suerte que eso te salio, tenes que tener la suerte que te lo tome la caja, conozco una sra que presentaba jubi de empleados de banco prov que ya el año pasado me dijo que la habian llamado de la caja para avisarle que no presente mas reco cerrados porque ellos no los tomaban mas algo asi como lo que hace ips que no acepta mas reco cerrado los rechaza.

para mi no se justifica el trabajo que es por lo que se puede cobrar porque le veo muy pocas posibilidades a que no tenga una traba y que tenga que terminar en la justicia ademas de jugar a la ruleta rusa con mucho efectivo
 #824145  por Mo
 
hola muchas gracias
Si obvio que pienso en todas esas trabas pero la Sra. quiere salvar sus aportes de provincia que son 21 años aportados al pedo!! "dice".
Porque tampoco los puedo llevar a anses porque me salta que la caja otorgante es la caja del banco provincia por tener mas aportes alli.
Entónces que hago? o mejor dicho que hace esta pobre señora? alguna sugerencia?
Bueno obvio tengo para hacerle el sicam pelado y comprar SDM despues del 93 por el tiempo que me falta
Pero alguna otra idea que me sugieran para ver si puedo utilizar algunos años de esos de la caja del banco provincia por ej podría ser renunciando a seis años y 1 mes de provincia me quedan 14 y 11 y me cambia la caja otorgante a anses. Sino no le encuentro la vuelta.
Muchas gracias
 #824429  por MARIO1943
 
PARA PEDIR RECONOCIMIENTO EN ANSES, NO NECESITAS PRUEBAS , PARA PODER COMPRAR POR MORATORIAS, YA QUE LAS EXIGENCIAS SON SUPEFRIORES A LA D E ANSES, SEGUN LA 555
LO QUE VEO ES QUE NO TE DA PARA COMPRAR SDM LOS 9 ANOS, YA QUE EMPIEZA EN 04/2004 AL 03/2012, TE ENTRAN 8 ANOS
AHORA SI EN LA OTRA CAJA, NO TE LO ACEPTAN ES OTRO CANTAR, LO QUE TENGO ENTENDIDO QUE NO LA ACEPTAN CUANDO BENEFICIOS APLICADOS, COMO S ER RENUNCIA O PRESCRIPCION, QUE EN ESTE CASO NO SE DA.
ES UNA CASO PARA LLEVARLO A LA JUSTICIA, ES UNA CANALLADA QUE TENGA 21 ANOS APORTADOS Y NO SE PUEDA JUBILAR, CUANDO HAY QUIENES NO APORTARON NUNCA Y SE HAN PODIDO JUBILAR, CON LA UNICA DIFERENCIA QUE A ESTA SENORA NO LE ENTRAN LOS 35 ANOS, HABRIA QUE ESPERAR PARA RECURRIR A LA JUSTICIA
 #824481  por diegomdp
 
MARIO1943 escribió:PARA PEDIR RECONOCIMIENTO EN ANSES, NO NECESITAS PRUEBAS , PARA PODER COMPRAR POR MORATORIAS, YA QUE LAS EXIGENCIAS SON SUPEFRIORES A LA D E ANSES, SEGUN LA 555
LO QUE VEO ES QUE NO TE DA PARA COMPRAR SDM LOS 9 ANOS, YA QUE EMPIEZA EN 04/2004 AL 03/2012, TE ENTRAN 8 ANOS
AHORA SI EN LA OTRA CAJA, NO TE LO ACEPTAN ES OTRO CANTAR, LO QUE TENGO ENTENDIDO QUE NO LA ACEPTAN CUANDO BENEFICIOS APLICADOS, COMO S ER RENUNCIA O PRESCRIPCION, QUE EN ESTE CASO NO SE DA.
ES UNA CASO PARA LLEVARLO A LA JUSTICIA, ES UNA CANALLADA QUE TENGA 21 ANOS APORTADOS Y NO SE PUEDA JUBILAR, CUANDO HAY QUIENES NO APORTARON NUNCA Y SE HAN PODIDO JUBILAR, CON LA UNICA DIFERENCIA QUE A ESTA SENORA NO LE ENTRAN LOS 35 ANOS, HABRIA QUE ESPERAR PARA RECURRIR A LA JUSTICIA
es verdad mario lo que decis, pero el problema es que el reco cerrado es un problema dependiendo la delgacion yo he visto delegaciones que te piden pruebas por ams que la otra caja pida igual o mas años, como delgaciones que no piden pruebas si la otra caja pide menos años como seria el caso de un hombre que quisiera hacer un reco cerrado para luego llevar al banco provincia, si seguimos la 555 deberian pedir pruebas en ese caso y yo conozco una udai que no lo pide, lo que quiero decir es que dependiendo la udai por ahi tenes que terminar anda a saber en que instancia para que te den un reco cerrado, a eso sumale que no sabes donde vas a tener que terminar par que te den el sdm y a eso sumale que una vez que sacaste todo eso, me han dicho, habria que confirmarlo que la caja del banco provincia los rechaza igual que lo esta haciendo ips, con lo cual juicio contra la caja.

tenes tres posibles problemas en una jubialcion y con una persona que puso minimo arriba de 7 lucas solo de sdm, encima si la perosna es medio naba que no entiende mucho te empieza a hinchar, deberias ver lo que rompen las p... la gente que le haces un juicio te llaman cada 3 meses y encima casi nadie se queda contento y empieza a peregrinar por otros abogados tratando de encontrar una solucion divina, hasta que encuentra un pelagato que con tal de sacarle 500 mangos le llena la cabeza y ahi es cuando se te cago el tramite.
 #824486  por diegomdp
 
periquita escribió:¿En qué años trabajó en el Banco Provincia?
¿Lo hace actualmente?
¿Pedir una Edad Avanzada en el IPS a los 65 años?

Saludos
sabes que yo recuerdo hace años haber analizado un caso asi por un mangueo que me hicieron y recuerdo haber leido la ley para jubilar al personal del banco provincia y no esta prevista la edad avanzada si mi memoria no falla
 #824600  por periquita
 
diegomdp escribió:
sabes que yo recuerdo hace años haber analizado un caso asi por un mangueo que me hicieron y recuerdo haber leido la ley para jubilar al personal del banco provincia y no esta prevista la edad avanzada si mi memoria no falla
Tenés razón, las prestaciones son:

a) Subsidio por enfermedad.
b) Subsidio por sepelio y fallecimiento.
c) Pensión ordinaria.
d) Jubilación por invalidez.
e) Pensión ordinaria.

Saludos
 #824767  por Mo
 
chicos muchisimas gracias a todos por sus aportes yo creo que lamentablemente voy a tener que decirle a esta señora que no usemos los aportes de la caja del banco provincia y que la hagamos solo con la 2447seis y sdm porque pienso en el tiempo eterno que puede llevarme todo eso y la justicia y la posibilidad de que salga mal.
Igual seguire analizando
Los saludo cordialmente queridos colegas