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  • Sentencia contradictoria, necesito ayuda urgente!

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 #823924  por Selene00
 
Estimados colegas, les cuento un poco la situación, tengo una causa donde se imputa a mi cliente por atentado a la autoridad agravado, la fiscalía solicita elevación a juicio, presento oposición, nulidad e insto sobreseimiento. Todo ello basado en que la conducta descripta en el decreto de determinación del hecho, resulta encuadrable en el delito de resistencia a la autoridad y no de atentato como pretende la fiscalía. El juez de control, hace lugar parcialmente y por afectación del principio de congruencia, y debido proceso legal declara la nulidad absoluta del decreto de determinación del hecho, del acto de indagatoria, del dictámen de citación a juicio, esto se notifica con fecha 16/06/2011. Bueno, yo me quedé tranquila.
Resulta que con fecha 27/03/2012, notificándome de que se rechaza el planteo de nulidad (quede claro que es el mismo, que se había acogido anteriormente), y en consecuencia se eleve a juicio la causa. Aclaro además que no se subsanó la nulidad declarada de ninguna manera, y luego de las cédulas de notificación sólo hay un informe del secretario que dice por cumplimentado (no se qué porque no había nada ordenado), y luego el nuevo auto interlocutorio que no hace lugar a la nulidad. Ya sé que para muchos puede parecer una locura, pero es así
La verdad, se me queman los libros, pensé en apelar, no se que piensan, si me pueden dar una idea gracias, resulta la urgencia de que según nuestro código de procedimientos los plazos son por días corridos, gracias
 #824168  por Selene00
 
EFECTIVAMENTE HAY DOS CÉDULAS UNA ADMITIENDO LA NULIDAD Y LA OTRA RECHAZÁNDOLA CON CASI UN AÑO DE DIFERENCIA Y EN ESE ORDEN.-
POR OTRA PARTE, NO HAY APELACIÓN DE MI PARTE NI DE LA FISCALÍA, NO HAY RESOLUCIÓN DE CÁMARA, FUE LO PRIMERO QUE PENSÉ Y FUI A VERIFICARLO.
AMBAS RESOLUCIONES FUERON DICTADAS POR EL MISMO JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS.
mmm... que piensan?
 #824234  por pablo81
 
Hola,
Es muy raro lo que comentas, aunque todo puede pasar...
Seguro que no hubo algun recurso en el medio y el superior decidio revocar la resolucion de primera instancia?
En caso de que el Magistrado sea "amigo de vinasi" y haya resuelto contradictoriamente recurri al superior.
Saludos
 #824237  por pablo81
 
OTRAVEZEGT escribió:
Selene00 escribió:EFECTIVAMENTE HAY DOS CÉDULAS UNA ADMITIENDO LA NULIDAD Y LA OTRA RECHAZÁNDOLA CON CASI UN AÑO DE DIFERENCIA Y EN ESE ORDEN.-
POR OTRA PARTE, NO HAY APELACIÓN DE MI PARTE NI DE LA FISCALÍA, NO HAY RESOLUCIÓN DE CÁMARA, FUE LO PRIMERO QUE PENSÉ Y FUI A VERIFICARLO.
AMBAS RESOLUCIONES FUERON DICTADAS POR EL MISMO JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS.
mmm... que piensan?
Es que las resoluciones de 2da instancias las notifica el tribuna de origen, es decir el mismo juez que decretó la nulidad, ahora te notifica que la alzada la revocó (es el mismo juez)
*cafe* E.G.T.
Es verdad, por lo general los tribunales del alzada delegan las notificaciones en el tribunal inferior, aunque siempre depende de la practica que lleva a cabo cada superior, algunos delegan y otros no... igualmente fijate si en la ultima notificacion que recibiste hacen referencia a quin dicto la resolucion, osea, si fue la camara o el juez de primera instancia, el que en primer termino te decreto la nulidad.
 #824276  por plb
 
OTRAVEZEGT escribió:
Selene00 escribió:EFECTIVAMENTE HAY DOS CÉDULAS UNA ADMITIENDO LA NULIDAD Y LA OTRA RECHAZÁNDOLA CON CASI UN AÑO DE DIFERENCIA Y EN ESE ORDEN.-
POR OTRA PARTE, NO HAY APELACIÓN DE MI PARTE NI DE LA FISCALÍA, NO HAY RESOLUCIÓN DE CÁMARA, FUE LO PRIMERO QUE PENSÉ Y FUI A VERIFICARLO.
AMBAS RESOLUCIONES FUERON DICTADAS POR EL MISMO JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS.
mmm... que piensan?
Es que las resoluciones de 2da instancias las notifica el tribuna de origen, es decir el mismo juez que decretó la nulidad, ahora te notifica que la alzada la revocó (es el mismo juez)
*cafe* E.G.T.
Igual, entiendo que si hubo una apelacion, la Camara deberia haber notificado a la defensa de su radicacion, cosa que al parecer no sucedio.
Lo unico que se me ocurre, siguiendo la misma linea (que el juez hace lugar al pedido de nulidad y el mismo juez resuelva lo contrario un año despues) es que la Alzada haya declarado la nulidad de la primer resolucion por falta de fundamentacion y ordene dictar una nueva. Pero igual, vuelvo a lo de antes, no deberìa haber sido notificado el defensor de la apelacion del fiscal???
 #824699  por Selene00
 
Hola gente, primero que nada gracias a todos por contestar. Voy a presentar una apelación y luego les cuento como me fue.
El caso es así, el juez de Control de garantías dicta un auto interlocutorio en junio de 2011, haciendo lugar a la nulidad planteada por violación del principio de congruencia y afectación por ende del debido proceso legal. Esa resolución fue notificada y quedó firme el año pasado.
No hay apelación o por lo menos no consta por parte de la fiscalía, ni mucho menos se me corrió traslado de la apelación. No hay resolución de Cámara todo lo que les digo, lo digo después de haber ido a ver el expediente.
El mismo juez que dictó el auto anterior dicta el nuevo rechazando la nulidad, sin hacer ninguna mención al auto anterior (como si no existiera), y denegando el mismo pedido ha que había hecho lugar anteriormente, y citando los mismos fallos y doctrina ahora dice que encuadra en la calificación legal que antes según el mismo magistrado no encuadraba.
Gracias a todos, y seguramente les comento como me fue.
 #825212  por Selene00
 
[quote="Selene00"] Todo ello basado en que la conducta descripta en el decreto de determinación del hecho, resulta encuadrable en el delito de resistencia a la autoridad y no de atentato como pretende la fiscalía. El juez de control, hace lugar parcialmente y por afectación del principio de congruencia, y debido proceso legal declara la nulidad absoluta del decreto de determinación del hecho, del acto de indagatoria, del dictámen de citación a juicio, esto se notifica con fecha 16/06/2011
La Nulidad consistió en esto que había puesto al principio, es decir, el delito descripto en el decreto de determinacion del hecho encuadra en el delito de "resistencia a la autoridad", y la fiscal califica como "atentado a la autoridad agravado", se basa la nulidad en la vulneración del principio de congruencia que debe existir para poder ejercer correctamente la defensa.
Coincido en que es raro, pero la verdad es que en el primer auto el juez acoge el planteo y argumenta haciendo lugar a la nulidad, y en el segundo auto, rechaza el planteo argumentando todo lo contrario de lo que había dicho anteriormente rechazando la nulidad.
Vale la aclaración de que esta causa, es en el marco de una manifestación popular, por lo cual, la esquizofrenia judicial, se debe a intereses de carácter político. No obstante, se lleva adelante una causa penal, en la que sucede lo que expliqué.
Cuando tenga un tiempito, voy a escanear ambas sentencias para que vean de qué estamos hablando.
Gracias a todos por su tiempo.
 #825216  por Selene00
 
Tampoco hubo un nuevo decreto de determinación del hecho, ni nueva audiencia indagatoria, ni nueva citación a juicio, ni se subsanó ninguna otra nulidad, por lo que veo, si se declaró nulo el decreto de determinación del hecho, y la indagatoria, ni siquiera hay imputado, ya que el acto en el que se había imputado a mi cliente fue declarado nulo y no se subsanó la nulidad. saludos nuevamente
 #836804  por Selene00
 
Finalmente, plantee la apelación y el juez se dió cuenta de la torpeza cometida, volvió para atrás dictó la nulidad del fallo que no hacía lugar a la nulidad, y mandó los autos a fiscalía para continuar con la investigación. de no creer????