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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #825486  por 2423414548
 
Buenas noches Foristas:
les cuento de mi caso, Una viuda nacida en año 69' queda como pensionada por fallecimiento en año 2006, en el 2007 contrata renta vitalicia previcional, ley aplicada 26425, en AFJP Unidos, teniendo en ese momento 4 hijos menores de edad, en esas oportunidad le liquidan 134 $ por ella y 54 $ por cada uno de los hijos, hoy con un solo hijo menor de edad cobra 198$ y 270 en concepto de asig fliar,
ella me solicita que le plantee un reajuste en ANSES, yo consulto en ANSES, y me responden que "causantes nacidos despues de 1965 (mujer) el Estado no participa en aportar para llegar hasta el minimo establecido, que lo unico que me queda es plantear inconstitucionalidad de la norma esta, y ante la AFJP solicitar acrecimiento. 2 preguntas ¿ que norma dice esto del tope de año (1965) para poder reclamar, si me pueden dar fallos, mejor?
y la 2ª ¿ cuando solicite el acrecimiento en AFjP, que norma enuncio , la del codigo civil?, gracias
 #829208  por 2423414548
 
2423414548 escribió:Buenas noches Foristas:
les cuento de mi caso, Una viuda nacida en año 69' queda como pensionada por fallecimiento en año 2006, en el 2007 contrata renta vitalicia previcional, ley aplicada 26425, en AFJP Unidos, teniendo en ese momento 4 hijos menores de edad, en esas oportunidad le liquidan 134 $ por ella y 54 $ por cada uno de los hijos, hoy con un solo hijo menor de edad cobra 198$ y 270 en concepto de asig fliar,
ella me solicita que le plantee un reajuste en ANSES, yo consulto en ANSES, y me responden que "causantes nacidos despues de 1965 (mujer) el Estado no participa en aportar para llegar hasta el minimo establecido, que lo unico que me queda es plantear inconstitucionalidad de la norma esta, y ante la AFJP solicitar acrecimiento. 2 preguntas ¿ que norma dice esto del tope de año (1965) para poder reclamar, si me pueden dar fallos, mejor?
y la 2ª ¿ cuando solicite el acrecimiento en AFjP, que norma enuncio , la del codigo civil?, gracias
 #829365  por fernanruiz
 
le liquidan 134 $ por ella y 54 $ por cada uno de los hijos,
hoy con un solo hijo menor de edad cobra 198$ y 270 en concepto de asig fliar,

pensión directa: 70 %
cuando hay hijos menores se paga el 50 % a la viuda(134) y el 20 % a cada hijo (54 c/u) ello sin superar el 100%
cuando cumplen la mayorìa de edad el acrecimiento no siempre se traduce en dinero, sino sólo en un cambio en el porcentual de participación.
aquí la viuda está cobrando el 50% $134 mas el 20% de un hijo $54. total $198
en total ya cobra el 70 %, recien cuando este hijo menor cumpla los 18 años acrecerá en esos $54 para, de esa manera, llegar al 70%.
 #829388  por arandu2
 
El fallo Fragueiro tiene sentencia de Camara y obliga a Anses a integrar el minimo.

El decreto en cuestion es el 55/94 reglamentario del art 27 de la ley 24.241.

En el foro estan los post referidos.

saludos

Arandu del Portal
 #830235  por lgaray
 
Tenes que ir contra Anses y la Cia de Seguros de Retiro con la que contrato la Renta Vitalicia.
Unidos era la AFJP. Ella tramito en la AFJP pero se fue con su fondo a una Cia. de Seguros. Además. Unidos no existe más.
Fijate si a la RVP no la contrato con Sancor Seg de Retiros (que era la prima hermana de Unidos)
Las dos te deberian contestar que no le corresponde la minima, porque tienen razón, de acuerdo a los Art que te indica Arandu. *foto*
Agotadas las vias administrativas, tenes que ir, como también te dice Arandu, por Fragueiro y Kervokian
Y va a lograr que le paguen la mínima.

Fernanruiz: la mejor explicación que lei sobre acrecimiento, clarita como el agua !!!!! *foto*