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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #833528  por Nacho013
 
Buenas tardes. Tengo un caso, donde mi clienta estaba cobrando una pensión e inicio el beneficio por moratoria para obtener su Beneficio y le salio resuelta favorablemente pero inhabilitada por estar cobrando pensión por ende la obligaba a pagar de contado la moratoria; esto fue en el año 2010, como no tenia el dinero para pagarla, me pidió que continué este reclamo en lo Judicial; hice todo y ahora me llama que la quiere pagar de contado a la deuda. Alguien sabe como debo hacer para cancelar la deuda? cuales son los pasos que debo hacer?
Muchas Gracias!!!
 #834152  por marita20
 
Hola Nacho, lo que tenes que hacer es, darle de baja al plan anteriod imprimiendo la Declaración Jurada de la moratoria y luego la rehaces para pagar en un solo pago.
saludos
 #835567  por Nacho013
 
Muchas Gracias Ariel y Marita por su ayuda, les comento que fui a anses luego de leer la circular y post de udes, y me dijeron en el area de BENEFICIARIOS lo siguiente:
1- Tengo que mantener la situación de revista del 1º SICAM,
2- Pedí la Baja del SICAM 1º,
3- Hacer el sicam nuevo y darle opción pago de contado una sola cuota,
4- Imprimir SICAM anterior y el nuevo,
5- Nota al director de la UDAI solicitando la rehabilitación del beneficio,
6- Pagar de contado la deuda obviamente,
7- Verificar que el ADP de la Sra. este informado (es decir que diga soltero, viuda, etc pero que este informado)
Con ello se saca nuevo turno se presenta todo esto, y se rehabilita el beneficio ya que estaba resuelto favorablemente pero inhabilitado el pago me dijo que por resolución 884 el beneficio estaba acordado.
8- Nuevo poder, nuevo formulario de inicio.-
Con todo esto ya estaríamos...

Ahora me surgieron dudas al respecto, esta Sra el SICAM anterior lo hice en noviembre de 2010, y el beneficio salio resuelto en enero de 2011, cuando yo le pregunte del retroactivo me dijo que lo cobraria con los aumentos etc, porque aun estaba dentro de los 2 años de resuelto el beneficio. Pero luego me dijo que podia salir el retro con lo del nuevo SICAM. es decir contando desde el nuevo. Lo cual cambia rotundamente los números. Si alguien me puede responder esto para quedarme mas tranquilo, se lo agradezco. Muchas Gracias nuevamente por su ayuda!!!
 #835806  por arielruiz86
 
Lo que te dijeron se tradude en: pedis el desbloqueo del sicam, luego, sin "tocar" el sicam 1, entras directamente al sicam 2 (Regimen de Regulariz. Voluntaria ley 24476) y ahí si replanteas la forma de pago y reliquidas este en una sola cuota de contado y volves a enviar el plan. El tema esta en no tocar el sicam 1, es decir, no cambiar la situación de revista del sicam 1 y no reliquidar este, solo se cambia la condiciones del sicam 2.
 #835884  por Nacho013
 
Muchas Gracias Ariel, voy a remarcarles bien eso, ya que en el área de beneficiarios me dijeron que había que dar de baja sicam 1º y no desbloqueo simplemente el SICAM 1º, después el resto coincide todo lo que me decís.
Te hago una consulta que quedo pendiente, respecto al retroactivo? es a la fecha del 1 SICAM?
Nuevamente mil gracias Ariel-
 #835938  por arielruiz86
 
Desbloquear o dar de baja el sicam actual no es otra que anular el envio del plan del sicam 2, entonces; si ya te lo desbloquearon estas en condiciones de entrar de vuelta al sicam 2 (Reg de Regulariz Voluntaria ley 24476) y ahí si cambias como dije la cantidad de cuotas a pagar. Y el retroactivo va ser desde la fecha del sicam 1 siempre y cuando no hayas cambiado o tocado los datos de éste (del sicam 1) y por ende recalculado el mismo, recordemos una vez mas, que el sicam 1 es tecnicamente el calculo de la deuda (cuanto es lo que se debe a valores historicos que si te fijas asustan por que son de varios digitos...) y el sicam 2 es la forma de pago (hasta en 60 cuotas) de esa deuda exorbitante calculada en el sicam 1 gracias al Regimen de Regulariz Voluntaria ley 24476 a valores muchos mas razonables y consolidados.