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 #835352  por pabloga
 
Me surgio una urgencia y me gustaria saber que hacer, el asunto es asi, me llama un cliente q esta detenido acusado de lesiones graves, y en unas hora elfiscla me dice qle va tomar delcaracion indagatoria, mi idea es lograr que lo excarcelen hoy mismo no mas, pero tambien tengo intencioon de decirle q se abstenga de declarar, que me aconsejan? la audiencia es a las 19 horas de hoy
 #835356  por pabloga
 
Le imputan lesiones graves, con arma blanca, en realidad lo atacaron tres mujeres, el redujo a una, le quito el arma a una y apuñalo a otra, la cual esta internada pero fuera de peligro, por lo que si no pasa nada raro, entiendo yo despues de la declaracion deben otorgarle la libertad.. Muchas gracias
 #835361  por pabloga
 
Muchas Gracias colega, le seguire comentando como sigue la cosa. Un abrazo
 #836241  por pabloga
 
Buenas colega,como va? Escribo para comentarle que se agravo la situación de mi defendido, ya que le cambiaron la caratula a tentativa de homicidio y lesiones leves en concurso real, por lo que en la audiencia del dia de hoy ante el juez de garantía el fiscal pidió la prisión preventiva, yo obviamente solicite la liberación, pero solo argumente las garantías procesales y constitucionales en torno a la libertad durante el proceso, mi consulta apunta ahora a que en la audiencia ante el juez yo no hice mencion respecto de como fueron en realidad los hecho, pensaba hacerlo en caso de que se dicte la preventiva y para el caso de que sea necesario apelar esa resolucion, que me aconsejan.-

Abrazos
 #836301  por macero
 
EGTRECARGADO escribió:
pabloga escribió:Buenas colega,como va? Escribo para comentarle que se agravo la situación de mi defendido, ya que le cambiaron la caratula a tentativa de homicidio y lesiones leves en concurso real, por lo que en la audiencia del dia de hoy ante el juez de garantía el fiscal pidió la prisión preventiva, yo obviamente solicite la liberación, pero solo argumente las garantías procesales y constitucionales en torno a la libertad durante el proceso, mi consulta apunta ahora a que en la audiencia ante el juez yo no hice mencion respecto de como fueron en realidad los hecho, pensaba hacerlo en caso de que se dicte la preventiva y para el caso de que sea necesario apelar esa resolucion, que me aconsejan.-
Abrazos
Con semejante calificación ni se le ocurra apelar la PP.,(se acuerda que se lo adverti en el post anterior) perderá un montón de tiempo y el cambio de califiacion legal se postula al momento de contestar la vista del la requisitoria de elevación a juicio.
Comience a pedir a los familiares contancias laborales del imputado, acredite vinculos familiares, partidas de nacimiento de sus hijos, etc., etc. y pida una ATENUACIÓN DE LA PP.
Incidencias
ARTICULO 163.- (Texto según Ley 13943) Atenuación de la coerción- En los mismos casos del artículo 159, el órgano jurisdiccional interviniente, aún de oficio, morigerará los efectos del me-dio coercitivo decretado en la medida que cumplimente el aseguramiento perseguido.
Fuera de los supuestos enumerados en el artículo 159, la morigeración podrá ser concedida excepcionalmente, previa vista al fiscal, cuando la objetiva valoración de las características del o de los hechos atribuidos, de las condiciones personales del imputado y de otras circunstancias que se consideren relevantes, permita presumir que el peligro de fuga o de entorpecimiento probatorio puede evitarse por aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado. La resolución que impusiere la morigeración o denegare la misma, será recurrible por apelación.
La atenuación de la medida de coerción se hará efectiva cuando el auto que la conceda quede firme.
Con suficiente fundamento y consentimiento del imputado, podrá imponerle:
1.- Su prisión domiciliaria con el control o la vigilancia que se especifique.
2.- Su encarcelamiento con salida diaria laboral y/o salida periódica para afianzar vínculos fami-liares, bajo la responsabilidad y cuidado de una persona o institución que se comprometa for-malmente ante la autoridad y suministre periódicos informes.
3.- Su ingreso en una institución educadora o terapéutica, pública o privada, que sirva a la per-sonalización del internado en ella.
Esto es lo mínimo y puede apelarlo a la C. de Grantías y aún ante la C. Casación.
(igualmente las características del hecho lo matan pero haga notar que no se resistió al arresto, que dio su domicilio correcto que tiene arraigo suficiente) esto cuando junte la documentación hace un escrito así:
SOLICITA ATENUACIÓN DE LA MEDIDA DE COERCIÓN- SE FORME INCIDENTE Y SOLICITO AUDIENCIA DEL ART. 168 BIS.
Sr. Juez de Garantías;
y ahi se larga acreditando lo bueno que es su cliente y sus derechos constitucionales etc.
*cafe* E.G.T.
Como andan?, a mi me parece que no deberia dejar de apelar la prision preventiva porque ello por si solo no conlleva perjuicio alguno, en todo caso la posibilidad del cambio de calificaciòn está, y no me parece dejar pasar la oportunidad para que sea la Camara la que se expida, ya que si esperamos hasta la oposicion a la requisitoria, sera el mismo juez de garantias el que va a resolver y si ya dicto la prision preventiva por homicidio en grado de tentativa, no va a bajar la calificacion (al menos eso ocurre en la mayoria de los casos). Si es cierto que, ante la negativa de la oposicion por parte del juez, nuevamente tiene la opcion de apelar, pero me parece a mi que es mejor antes apelar la preventiva, mas aùn cuando lo que se encuentra en juego es la libertad del defendido.
En este caso es conocido las distintas consideraciones y fallos que existen en lo que hace a la prueba del dolo que se exige en dicha figura, con lo cual creo que margen para apelar hay (y mucho). Mas alla de que yo amén de apelar la la preventiva, pediria la atenuacion, pero la oportunidad de cuestionar la preventiva no la dejaria pasar.
Saludos
 #836343  por feragus
 
EGTRECARGADO escribió:
pabloga escribió:Buenas colega,como va? Escribo para comentarle que se agravo la situación de mi defendido, ya que le cambiaron la caratula a tentativa de homicidio y lesiones leves en concurso real, por lo que en la audiencia del dia de hoy ante el juez de garantía el fiscal pidió la prisión preventiva, yo obviamente solicite la liberación, pero solo argumente las garantías procesales y constitucionales en torno a la libertad durante el proceso, mi consulta apunta ahora a que en la audiencia ante el juez yo no hice mencion respecto de como fueron en realidad los hecho, pensaba hacerlo en caso de que se dicte la preventiva y para el caso de que sea necesario apelar esa resolucion, que me aconsejan.-
Abrazos
Con semejante calificación ni se le ocurra apelar la PP.,(se acuerda que se lo adverti en el post anterior) perderá un montón de tiempo y el cambio de califiacion legal se postula al momento de contestar la vista del la requisitoria de elevación a juicio.
Comience a pedir a los familiares contancias laborales del imputado, acredite vinculos familiares, partidas de nacimiento de sus hijos, etc., etc. y pida una ATENUACIÓN DE LA PP.
Incidencias
ARTICULO 163.- (Texto según Ley 13943) Atenuación de la coerción- En los mismos casos del artículo 159, el órgano jurisdiccional interviniente, aún de oficio, morigerará los efectos del me-dio coercitivo decretado en la medida que cumplimente el aseguramiento perseguido.
Fuera de los supuestos enumerados en el artículo 159, la morigeración podrá ser concedida excepcionalmente, previa vista al fiscal, cuando la objetiva valoración de las características del o de los hechos atribuidos, de las condiciones personales del imputado y de otras circunstancias que se consideren relevantes, permita presumir que el peligro de fuga o de entorpecimiento probatorio puede evitarse por aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado. La resolución que impusiere la morigeración o denegare la misma, será recurrible por apelación.
La atenuación de la medida de coerción se hará efectiva cuando el auto que la conceda quede firme.
Con suficiente fundamento y consentimiento del imputado, podrá imponerle:
1.- Su prisión domiciliaria con el control o la vigilancia que se especifique.
2.- Su encarcelamiento con salida diaria laboral y/o salida periódica para afianzar vínculos fami-liares, bajo la responsabilidad y cuidado de una persona o institución que se comprometa for-malmente ante la autoridad y suministre periódicos informes.
3.- Su ingreso en una institución educadora o terapéutica, pública o privada, que sirva a la per-sonalización del internado en ella.
Esto es lo mínimo y puede apelarlo a la C. de Grantías y aún ante la C. Casación.
(igualmente las características del hecho lo matan pero haga notar que no se resistió al arresto, que dio su domicilio correcto que tiene arraigo suficiente) esto cuando junte la documentación hace un escrito así:
SOLICITA ATENUACIÓN DE LA MEDIDA DE COERCIÓN- SE FORME INCIDENTE Y SOLICITO AUDIENCIA DEL ART. 168 BIS.
Sr. Juez de Garantías;
y ahi se larga acreditando lo bueno que es su cliente y sus derechos constitucionales etc.
*cafe* E.G.T.

Conozco un caso de cerca en el que la prisión preventiva del imputado fue dictada por el delito de homicidio agravado por 41 bis. Apelado por la defensa, la Cámara lo cambió a exceso en la legítima defensa -planteo subsidiario de la defensa, el planteo principal fue legítima defensa-, y entonces se consiguió la excarcelación del imputado que hasta ese momento estaba con arresto domiciliario. Tiene juicio este año en Lomas de Zamora, el tipo matò a un chorro que entró a robar a un cyber.
 #836817  por pabloga
 
Muchas gracias a todos, la cosa sigue así, después del cambio de caratula y la posterior audiencia solicitada por el fiscal para pedir la prisión preventiva en la cual obviamente solicite la libertad del detenido, el juez se tomo 48 horas para decidir al respecto, por las dudas igual ya tengo preparado el recurso de apelación para solicitar ante la cámara la liberación y cambio de caratula del expediente, ya que mi idea es expresar en el recurso que el hecho imputado fue cometido por mi defendido en legitima defensa, ya que fueron la lesionada y dos personas mas quienes atacaron la vivienda de su pareja y este salio en su defensa al ver que la estaban golpeando.- Cualquier consejo y/o idea siempre es bienvenida, ya que es mi primer defensa penal.-
Muchas Gracias, Un Abrazo a todos
 #836877  por feragus
 
Por lo pronto, un tema tècnico, no hablès de cambio de caràtula porque eso es periodìstico, no jurìdico. Si pedìs cambio de caràtula, va a venir el de mesa de entradas y te va a cambiar la portada de la causa. Hablà siempre de calificaciòn legal.
Suerte.-
 #837130  por CHAPU
 
Por ser tu primera defensa, advierto que la estas peleando bastante bien; el Juzgado ya hizo su achaque preliminar con las pruebas del expediente, seguramente las actas de la prevencion jugaron un papel importante. Si no prospera la apelacion, en la Instruccion NO JUEGUES TODAS LAS CARTAS, tiene que preparte mas bien para el JUICIO ORAL donde SI debes jugar todas..
 #841142  por pabloga
 
Hola a todos, como esta, reitero mis agradecimientos y paso a comentarles que el juz de garantias le puso 30 dias de preventiva a mi ddefendido, por lo que tuvimos que elevar el recurso de apelacion a la camara penal y para la semana que viene, martes mas precisamente, es la exposicion in voce del planteamiento del recurso, cualquier consejo que tenga ya sea sobre doctrina para plantear como jurisprudencia o lo que por experiencia sepan respecto de este tipo de audiencias ante camara les agradezco, ya que va ser la primera vez y obivamente estaremos muy nervioso!!!

Abrazos y gracias
 #845711  por pabloga
 
Hola a todos colegas..

Solo escribo para contarles que ayer fue al audiencia de apelación sobre el auto de prisión preventiva, al parecer fue bastante bueno pues la jueza de cámara que estuvo presidiendo dicha audiencia decreto la nulidad del auto recurrido disponiendo de forma inmediata la libertad de mi defendido, ahora a seguir y esperar q dice el fiscal si eleva la causa a juicio, para lo cual volveremos con pedidos de consejos seguramente, jaja..

Por ser la primera anduvo bien.. esperemos siga todo asi!! gracias a todos abrazos!!
 #845997  por Polux
 
Te felicito, siempre una primera audiencia es complicada por los nervios, pero es la única forma que tenemos de aprender, yo también de a poco me voy metiendo en lo penal y es complicado porque tenemos mucha responsabilidad en nuestras manos, pero estudiando y con compromiso se puede avanzar seguros!