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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #837354  por fhs
 
Hola colegas:
Consulto por este trámite que debo iniciar de jubilación ordinaria (autonomo puro sin moratoria)

Mi cliente aportó desde 1974 a 2011 como autónomo. Fue propietario de una panadería.

Consulté el padrón histórico de ANSES y desde julio de 1994 me aparecen los períodos, excepto 2 o 3 períodos.
Luego, en AFIP pedí que relacionen otra cuenta que aparecía de este Sr y que corresponde a los períodos anteriores desde 1974 para que me aparezcan en el SICAM. Hasta ahi todo bien.
Ahora resulta que entro al SICAM y me aparecen en la situacion de revista los períodos desde 1974 a 2011, todo bien... pero consulto el estado de deuda y hay algunos períodos que figuran impagos el capital mas intereses y en otros solo intereses (por pago fuera de termino)
A partir de 1993 no sería mucho el dinero que se debe. El tema es la deuda que aparece de 1974 a 1993 que es gigante!!!, y me llama la atención porque este Sr. es re estricto con sus compromisos...

Pregunta: Podrían invocarse la prescripción de esos períodos para no pagarlos? y computarlos como años de aportes?
Sería una lástima tener que pagarlos porque encima tiene 37 años de aportes y aportó toda su vida...

En SICAM aplico ley 24241, es asi?

El que pueda guiarme con este trámite se lo agradeceré... para los expertos en el tema, les pido disculpas y paciencia... todos los días se aprende algo nuevo. Gracias!!! saludos
 #837475  por andrea1982
 
Si la deuda es anterior a 1993, y necesita esos años, puede pagar con moratoria. Si le sobran, puede renunciar o prescribir.
Si tiene deuda, que pagó, y conserva las boletas, podés cargar esos pagos.
 #837536  por MARIO1943
 
fhs escribió:Hola colegas:
Consulto por este trámite que debo iniciar de jubilación ordinaria (autonomo puro sin moratoria)

Mi cliente aportó desde 1974 a 2011 como autónomo. Fue propietario de una panadería.

Consulté el padrón histórico de ANSES y desde julio de 1994 me aparecen los períodos, excepto 2 o 3 períodos.
Luego, en AFIP pedí que relacionen otra cuenta que aparecía de este Sr y que corresponde a los períodos anteriores desde 1974 para que me aparezcan en el SICAM. Hasta ahi todo bien.
Ahora resulta que entro al SICAM y me aparecen en la situacion de revista los períodos desde 1974 a 2011, todo bien... pero consulto el estado de deuda y hay algunos períodos que figuran impagos el capital mas intereses y en otros solo intereses (por pago fuera de termino)
A partir de 1993 no sería mucho el dinero que se debe. El tema es la deuda que aparece de 1974 a 1993 que es gigante!!!, y me llama la atención porque este Sr. es re estricto con sus compromisos...

Pregunta: Podrían invocarse la prescripción de esos períodos para no pagarlos? y computarlos como años de aportes?
Sería una lástima tener que pagarlos porque encima tiene 37 años de aportes y aportó toda su vida...

En SICAM aplico ley 24241, es asi?

El que pueda guiarme con este trámite se lo agradeceré... para los expertos en el tema, les pido disculpas y paciencia... todos los días se aprende algo nuevo. Gracias!!! saludos
1) VOS COMPUTAS 37 ANOS CON DEUDA INCLUSIVE
2)VOS PODES PRESCRIBIR ESOS PERIODOS CON DEUDAS, PERO NO LO PODES COMPUTAR COMO ANOS DE APORTES
3) LA DEUDA QUE APARECE EN DETALLE D E DEUDA HASTA EL 09/1993, ES GIGANTE, ES LA REAL, PERO AL LIQUIDARLO POR MORATORIA AL FINAL CUANDO ELEGIS LA CANTIDAD DE CUOTAS SE ACHICA BASTANTE , ESTA APROXIMADO ENTRE $ 500 A $ 700 POR ANO
4) POR LA CANTIDAD DE PERIODOS A PRECRIBIR, POR LO QUE S E VE ,TE VA A QUEDAR MENOS DE 30 ANOS, ENTONCES NO TENES QUE PRESCRIBIR TODOS LOS PERIODOS, PORQUE TE VAN HACER FALTA, Y SI TE HACE FALTA, HAY QUE LIQUIDARLO POR LA LEY 24476, SI NO TE QUEDARA DEUDA , SI TENES QUE LIQUIDAR POR LA 24241
 #837537  por MARIO1943
 
LA DEUDA QUE TE APARECE, DEBE SER POR PAGOS FUERA DE TERMINOS, QUE SON LOS INTERESES
 #837594  por fhs
 
En primer lugar GRACIAS!!! a los que han contestado!

- Me queda claro que si hay deuda y lo hago por moratoria, aplico la 24476.
- También queda claro que si las deudas son anteriores a 9/1993 puedo aplicar la moratoria.
El tema es que este Sr. me dice que pagó todo. Para saber esto le pediré los recibos o comprobantes. En el caso de tener los comprobantes, podré presentarlos como prueba para acreditar los pagos??? o es muy complicado?? en ese caso no se cómo proceder porque nunca me tocó presentarlos..
- Respecto a las deudas de los últimos períodos, estas corresponden a intereses, que no es mucha plata porque son 2 0 3 períodos por pago fuera de término, y en ese caso se pueden liquidar y pagar.
- Aunque hay un período reciente en el cual se debe capital más intereses. En ese caso, como hago para pagarlo? voy al banco y pido pagar dicho período y además los intereses a la fecha?

Gracias nuevamente!!
 #837595  por fhs
 
OTra cosa, y disculpen mi ignorancia: Como se hace para prescribir años?? :oops:
 #837851  por fhs
 
OTra cosa, y disculpen mi ignorancia: Como se hace para prescribir años??
 #837861  por andrea1982
 
Me parece, y con todo respeto, que quizás te conviene compartir el caso con alguien que se dedique a esto, o cuando menos pasarle el SICAM.