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  • Nueva Ley de Salud Mental - incapacidad

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #835951  por marshalxyz
 
Estimados colegas,
Presenté una "incapacidad y curatela" (a fin de obtener una pensión) en Quilmes y después de 2 meses de paros, feriados y Semana Santa, finalmente pude ver que me piden la adecuación de la "presentación inicial en los términos de la nueva ley de Salud Mental 26.657 (arg. art. 330 y concordantes del CPCC).
Me leí y re contra leí la ley y no entiendo de qué manera se puede adaptar un pedido como el que hice a esa ley.
Apreciaría mucho la ayuda de mis colegas, ya que es el caso de una familia muy humilde, hago esto gratuitamente y realmente lo necesitan cuanto antes.
 #836076  por lujan79
 
marshalxyz escribió:Estimados colegas,
Presenté una "incapacidad y curatela" (a fin de obtener una pensión) en Quilmes y después de 2 meses de paros, feriados y Semana Santa, finalmente pude ver que me piden la adecuación de la "presentación inicial en los términos de la nueva ley de Salud Mental 26.657 (arg. art. 330 y concordantes del CPCC).
Me leí y re contra leí la ley y no entiendo de qué manera se puede adaptar un pedido como el que hice a esa ley.
Apreciaría mucho la ayuda de mis colegas, ya que es el caso de una familia muy humilde, hago esto gratuitamente y realmente lo necesitan cuanto antes.

La Nueva ley de Salud Mental, lo que haces es ristringir las internaciones, la idea es la no internacion!", no se que habras pedido, pero es raro lo que te despachan, que tribunal es, yo tambien litigo en quilmes. por lo que decis se me ocurre que talvez te estan intimando a que adecues la demanda conforme art 330 cpcc " forma de la demanda", no sera INSANIA CURATELA???
 #837818  por marshalxyz
 
Me asesoré con un Tribunal de San Isidro y me indicaron que haga una nueva presentación solicitando el examen interdisciplinario en los términos del art. 42 de la nueva Ley que modifica el 152ter del Código Civil (con médico pisquiatra, psicólogo y asistente social). El mismo debe hacerse en el domicilio del presunto insano.
Además debo solicitar que la sentencia se revise cada 3 años.
Gracias y saludos.
 #837895  por Tiburcio
 
¡Que difícil es litigar! A quienes debería declarárselos incapaces y nombrarles curador es a esos jueces cagatintas que prefieren hacerse los sabihondos en lugar de proveer de oficio lo que creen que corresponde.
 #838330  por marshalxyz
 
Tiburcio escribió:¡Que difícil es litigar! A quienes debería declarárselos incapaces y nombrarles curador es a esos jueces cagatintas que prefieren hacerse los sabihondos en lugar de proveer de oficio lo que creen que corresponde.
¡Totalmente de acuerdo! Pareciera que les encanta estar tapados de expedientes y que hacen lo imposible para que cada caso no termine jamás!