Estimados colegas. Me llegó el siguiente caso.
Mi cliente, está casado con una mujer desde el 2010. Convivieron solo por dos meses, trascurrido ese tiempo la mujer lo abandonó, y volvió con su ex-concubino (a quien había abandonano un mes antes de casarse con mi cliente). Pasado un tiempo, mi cliente se entera de que la mujer estaba embarazada y tuvo una niña. De acuerdo a las circunstancias y la imposibilidad de hablar con la madre, mi actual cliente, por medio de un colega inició un juicio de filiación intentando reconocer a la menor, pero la causa nunca se movió, y la demanda nunca se proveyó pues no había sido adjuntada junto con ella la partida de nacimiento de la menor; posteriormente se adjuntó dicha partida, pero la providencia que la agrega dice "tengase presente la partida adjuntada..." pero no provee la demanda.
En la actualidad, mi cliente ya no quiere seguir con dicha acción, pues conoció a la menor en un encuentro casual con una tía de la misma, y resulta ser idéntica al concubino de la madre.
Mi duda en este caso es: ¿Se puede desistir de la acción de filiación? (Mi respuesta personal es que no, porque está en juego el derecho a la identidad del menor, que está más allá de las pretensiones de las partes.) Pero en el caso de que la respuesta sea afirmativa y sí se pueda desistir de tal acción, da lugar a una segunda pregunta. ¿Conviene desistir de la acción de filiación? Mi respuesta primaria es no, que sería preferible dejar estancado el proceso en donde se encuentra, pues en el caso de que se pudiera desistir y lo hiciera me impondrían las costas lo cual sería perjudicial para mi cliente.
Lo que mi cliente quiere ahora, el más bien iniciar el juicio de divorcio y olvidarse de esta historia, pero no se hasta donde se puede dejar de lado el juicio de filiación, si inmediatamente vamos a iniciar el juicio de Divorcio. Espero puedan ayudarme, cualquier opinión o sugerencia sería bien recibida. Desde ya muchas gracias. Atte. Denis.
Mi cliente, está casado con una mujer desde el 2010. Convivieron solo por dos meses, trascurrido ese tiempo la mujer lo abandonó, y volvió con su ex-concubino (a quien había abandonano un mes antes de casarse con mi cliente). Pasado un tiempo, mi cliente se entera de que la mujer estaba embarazada y tuvo una niña. De acuerdo a las circunstancias y la imposibilidad de hablar con la madre, mi actual cliente, por medio de un colega inició un juicio de filiación intentando reconocer a la menor, pero la causa nunca se movió, y la demanda nunca se proveyó pues no había sido adjuntada junto con ella la partida de nacimiento de la menor; posteriormente se adjuntó dicha partida, pero la providencia que la agrega dice "tengase presente la partida adjuntada..." pero no provee la demanda.
En la actualidad, mi cliente ya no quiere seguir con dicha acción, pues conoció a la menor en un encuentro casual con una tía de la misma, y resulta ser idéntica al concubino de la madre.
Mi duda en este caso es: ¿Se puede desistir de la acción de filiación? (Mi respuesta personal es que no, porque está en juego el derecho a la identidad del menor, que está más allá de las pretensiones de las partes.) Pero en el caso de que la respuesta sea afirmativa y sí se pueda desistir de tal acción, da lugar a una segunda pregunta. ¿Conviene desistir de la acción de filiación? Mi respuesta primaria es no, que sería preferible dejar estancado el proceso en donde se encuentra, pues en el caso de que se pudiera desistir y lo hiciera me impondrían las costas lo cual sería perjudicial para mi cliente.
Lo que mi cliente quiere ahora, el más bien iniciar el juicio de divorcio y olvidarse de esta historia, pero no se hasta donde se puede dejar de lado el juicio de filiación, si inmediatamente vamos a iniciar el juicio de Divorcio. Espero puedan ayudarme, cualquier opinión o sugerencia sería bien recibida. Desde ya muchas gracias. Atte. Denis.
"No vivas para que tu presencia se note, sino para que tu ausencia se sienta."