Hola, quisiera hacer una consulta... en un juicio de alimentos que tramita en San Martín, fui a la audiencia de etapa previa y el demandado no se presentó. Dejé la demanda y fijaron audiencia... hablé con mi clienta y ella me dijo que queria dejar todo así porque el ex le estaba pasando dinero. Le pedi que firme un escrito desistiendo y solicitando la partida original. Nunca paso por el estudio y nunca más respondió a mis llamados. Por ese motivo renuncio al expediente y solicito regulación de honorarios. El proveido a mi escrito es el siguiente...Al primer parrafo: Téngase presente la renuncia efectuada. (Art. 56 C.P.C.C.).Al segundo parrafo: Téngase presente para su oportunidad.-
Mi pregunta es: No deberían haber ordenado notificar la renuncia al patrocinio??? y cuando es el momento procesal oportuno??? mi clienta no va a continuar con el proceso porque arregló por afuera... entonces el Tribunal cuando pretende que cobre???
Sinceramente no comprendo... Podría ser que tenga que notificar antes de que me regulen... pero no ordenaron que notifique mi renuncia al patrocinio...
ME DAN UNA MANO??? ESTOY PERDIDA CON ESTO
Mi pregunta es: No deberían haber ordenado notificar la renuncia al patrocinio??? y cuando es el momento procesal oportuno??? mi clienta no va a continuar con el proceso porque arregló por afuera... entonces el Tribunal cuando pretende que cobre???
Sinceramente no comprendo... Podría ser que tenga que notificar antes de que me regulen... pero no ordenaron que notifique mi renuncia al patrocinio...
ME DAN UNA MANO??? ESTOY PERDIDA CON ESTO