Buenas tardes colegas. No se si alguno de Uds. le pudo haber pasado esto.
Yo he sido designada, en un juzgado de paz, como asesora de incapaces en un expediente.
Me llega la cédula de notificación y me presento al Juzgado a aceptar el cargo.
Después de haber aceptado el cargo, (un año) la causa seguía su movimiento, hasta que se me tuvo que correr traslado, ya había renunciado a las Defensoría y Asesorías que integran las listas del Juzgado de Paz. Al enterarme que S.S. había dejado sin efecto mi nombramiento sorteando a otro asesor (sin avisarme). Entiendo que no debió ser así, por cuanto la renuncia al cargo fué posterior a mi designación y aceptación del cargo. TENGO ENTENDIDO QUE LA RENUNCIA ES PARA FUTUROS CASOS, SALVO QUE YO RENUNCIE EXPRESAMENTE. Bueno parece ser que no es así. Entences pedí que se me fijara la cantidad de Jus a percibir por haber aceptado el cargo. A lo que S.S. resuelve no hacer lugar, por cuanto aduce que no realicé en el expediente labor alguna.
A uds. no les parece que el haber recibido la cédula y aceptado el cargo, me tuve que molestar hasta el juzgado para hacerlo y eso no tiene costo alguno? Obviamente la denegatoria no me la fundamenta en derecho.
Quisiera saber si alguien tuvo algo similar y me puede ayudar. Yo apele la resolución y estoy esperando a ver que sale.
Los peritos por la sola aceptación del cargo le regulan honorarios, porqué a los asesores NO. Encima sin fundamento. Si alguien me puede ayudar mucho les agradeceré. Atte. Liz
Yo he sido designada, en un juzgado de paz, como asesora de incapaces en un expediente.
Me llega la cédula de notificación y me presento al Juzgado a aceptar el cargo.
Después de haber aceptado el cargo, (un año) la causa seguía su movimiento, hasta que se me tuvo que correr traslado, ya había renunciado a las Defensoría y Asesorías que integran las listas del Juzgado de Paz. Al enterarme que S.S. había dejado sin efecto mi nombramiento sorteando a otro asesor (sin avisarme). Entiendo que no debió ser así, por cuanto la renuncia al cargo fué posterior a mi designación y aceptación del cargo. TENGO ENTENDIDO QUE LA RENUNCIA ES PARA FUTUROS CASOS, SALVO QUE YO RENUNCIE EXPRESAMENTE. Bueno parece ser que no es así. Entences pedí que se me fijara la cantidad de Jus a percibir por haber aceptado el cargo. A lo que S.S. resuelve no hacer lugar, por cuanto aduce que no realicé en el expediente labor alguna.
A uds. no les parece que el haber recibido la cédula y aceptado el cargo, me tuve que molestar hasta el juzgado para hacerlo y eso no tiene costo alguno? Obviamente la denegatoria no me la fundamenta en derecho.
Quisiera saber si alguien tuvo algo similar y me puede ayudar. Yo apele la resolución y estoy esperando a ver que sale.
Los peritos por la sola aceptación del cargo le regulan honorarios, porqué a los asesores NO. Encima sin fundamento. Si alguien me puede ayudar mucho les agradeceré. Atte. Liz