Mi consulta es la siguiente. El demandado trabaja en una empresa de resistencia, denuncie al juzgado embargo sobre haberes y se me dio lugar. El tema que tengo que librar oficio ley 22.172 a resistencia(soy de entre rios). Pensando en el costo que tiene diligenciar un oficio de ese tipo, solicite al juzgado que la toma de razon del embargo se efectivize por medio de carta documento firmada por el juez, a lo cual se me hizo lugar, es decir, librar carta doc a la empresa donde el demandado trabaja.-
Tiene valor esa carta documento como medio de toma de razón de embargo, o sòlo debe realizarse por medio de Oficio???
Muchas GRacias
Tiene valor esa carta documento como medio de toma de razón de embargo, o sòlo debe realizarse por medio de Oficio???
Muchas GRacias
...El buen abogado conoce la ley, el mejor conoce al juez...