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  • ACCIDENTE DE TRANSITO - CONSULTOR PRIVADO

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 #843974  por gaba2011
 
Hola, disculpen pero como soy nuevo en el tema, estoy por iniciar un accidente de transito con lesiones y quisiera saber al consultor privado se stila pagarle una suma fija o un porcentaje ?? Muchas gracias Estoy a su disposicion para lo que necesiten
 #845266  por matutemorais
 
Hay de todo... pero si vas a juicio ni te conviene el consultor... te ayuda obvio, pero no vale la pena... igual vas a depender del perito de oficio.
Y contestando con más exactitud, se les paga una suma fija, a los otros se les denomina "vivos"... por no decir otra cosa...
 #845450  por squall
 
te conviene por ahi si vas a mediacion el consultor privado que te arme la carpeta para tener mas pruebas y argumentos
pero si por ejemplo es en pcia que la mediacion no es obligatoria o si ya sabes que no vas a arreglar en mediacion! de matutemorais
 #845568  por drany
 
En cambio, desde mi experiencia, los consultores técnicos son de una importancia vital.
En el supuesto que se inicie la acción judicial y ya en la etapa probatoria, el consultor técnico acompaña al cliente a la revisación que designa el perito de oficio, cosa de controlar un poco la correcta forma en que el perito oficial lleva a cabo la revisación.
Muchas veces perito de oficio y consultor "pegan onda" por decirlo de alguna manera y terminan elaborando juntos el dictamen pericial, lo que obviamente redunda en beneficio de la parte actora.-
Y hete aquí una cuestión fundamental. Los abogados entendemos de medicina como de física nuclear
Ergo a la hora de impugnar u observar y/o pedir explicaciones relativas a la pericia presentada en autos, necesariamente debemos contar con el asesoramiento de un profesional versado en la disciplina que se trate.-
Esa es, al menos mi experiencia. Ojalá les sirva.-
Hay consultores técnicos excelentes que la tienen muy clara y te ayudan a plantear las cuestiones científicas con la seriedad que corresponde.-
 #845734  por documentologia
 
Como perito (no aplicable a este caso, lo cual me permite opinar sin que se piense que tengo interés alguno) te recomiendo que le aconsejes a tu cliente contratar un consultor técnico (LEASE QUE PUSE ACONSEJE, PORQUE MUCHOS ABOGADO SON REACIOS A CONTRATAR UN PERITO DE PARTE, SIN TENER EN CUENTA QUE ELLOS NO DEBEN PAGARLO, ya que lo paga el cliente, creo que es parte de un correcto asesoramiento al cliente aconsejarlo a que contrate un perito y en todo caso que sea el cliente quien se niegue a contratar al mismo).

ahora respecto a la importancia del perito de parte en general y mas en estos casos (sumado a lo expuesto en la respuesta anterior por drany) , te va a ayudar realizando un informe previo que llevaras a la mediación, si no se arregla en esta instancia hará los estudios periciales junto con el perito de oficio y podrá avalar las conclusiones arribadas por el mismo o presentar un dictamen en disidencia.-

Si no se designa un consultor técnico su suerte queda sujeta a lo que el perito de oficio determine, quedando solo la opción de impugnación ante una conclusión desfavorable (muy pocas veces prosperan las impugnaciones y/o nulidades, tiene que haber cometido un error o vicio muy grande el perito).

Respecto a los honorarios lo que corresponde es que te cobre una suma fija, pero cada abogado con su perito llega al acuerdo que quiera.

saludos
 #845768  por viko
 
es verdad: muchos abogados somos reacios al perito privado. Lo vemos como un gasto extra al cliente "si le pido xxxx pesos y tiene que pagarle ademas a un perito... capaz se va a otro abogado, o me patea la guita en cuotas"
conoci peritos muy serios en su laburo. Creo que si se puede, es un lujo que el cliente debería darse. mejora mucho las opciones y hasta quizas sus conclusiones fuerzan un acuerdo mas rapido
saludos
 #845781  por drany
 
Todo depende de cada consultor. No debemos olvidar que tienen derecho a pedir regulación de honorarios y de hecho se les regulan en oportunidad de la sentencia.
Podés arreglar también y a modo adicional, un porcientito discreto a descontarse de tus honorarios en oportunidad que los percibas, claro está
Y otra opción: descontás del monto del capital que corresponda cobrar a tu cliente, los honorarios y gastos que la intervención del perito haya irrogado