Mi cliente tiene una deuda de cuota alimentaria, está por acordar con la madre de los niños un aumento de cuota ahora, la deuda es vieja, ¿es posible llegar a un acuerdo sobre la misma, una quita o bien la condonación definitiva de la deuda, sin que se considere que es una renuncia al derecho alimentario (que es irrenunciable)? Pienso que si, porque no se está acordando no pagar la cuota, sino dar por extinguida una deuda que surgió en un momento pero luego las cosas mejoraron, si bien el origen de la deuda es la cuota alimentaria, ya en este momento, no cumpliría esa función. ¿Estoy en lo correcto?
Gracias
JV
Gracias
JV
¿Será Justicia?