Hoy llame a la superintendencia de salud y ellos no tienen a cargo el PAMI, asique no me pueden decir nada.
¿Ah, sí...? Deciles a los chicos que te atienden en la Superintendencia de Servicios de Salud que hay una ley (porque en la Argentina hay leyes, aunque no se note mucho) que dice:
Ley 23.660, at.5º: Quedan incluídos en el seguro: (...) b) Los trabajadores autónomos comprendidos en el régimen nacional de jubilaciones y pensiones (...)
Es una de las tantas historietas y cortinas de humo que la Administración pública usa para sacarse de encima trabajo; igual que el remanido recurso al art. 38 de la ley 23.661 con el que las obras sociales pretenden excluírse de la legitimación pasiva en sede civil ante reclamos prestacionales de sus afiliados, haciendo una interpretación idiota de la norma, y tratando de no leer la disposición completa, y de no integrarla con el art. 24 de la ley 23.660, ni con su decreto reglamentario 576/93, arts 2ª y 3ª párr. cuarto. Lamentablemente, con tal de trabajar menos, a veces algunos tribunales le hacen lugar a este disparate. Vivimos en el país de los "como si...", y de las cortinas de humo. Forma parte de nuestra cotidiana
sensación térmica de anomia.