estimados colegas, los consulto sobre lo siguiente:
en 1997 titular del dominio del automotor y comprador firman el 08 que queda en el registro, no se sigue el trámite.
ahora 2007 el comprador paga la multa correspondiente por el lapso en que no realizó la transferencia. el registro pide se solicite un informe sobre estado del dominio, salta entonces que en el año 2005 el vendedor fallecido con anterioridad a ese año fue inhibido por deudas.
el registro dice y se contradice, primero que se puede efectuar la transferencia porque estaba el 08 firmado con anterioridad a la inhibición y luego el abogado del registro dice que no se puede efectuar la misma por esa causa. es correcta la posición del registro al negar la posibilidad de la transferencia mediando una inhibición del titular registral fallecido? que puede hacerse? gracias. nilda
en 1997 titular del dominio del automotor y comprador firman el 08 que queda en el registro, no se sigue el trámite.
ahora 2007 el comprador paga la multa correspondiente por el lapso en que no realizó la transferencia. el registro pide se solicite un informe sobre estado del dominio, salta entonces que en el año 2005 el vendedor fallecido con anterioridad a ese año fue inhibido por deudas.
el registro dice y se contradice, primero que se puede efectuar la transferencia porque estaba el 08 firmado con anterioridad a la inhibición y luego el abogado del registro dice que no se puede efectuar la misma por esa causa. es correcta la posición del registro al negar la posibilidad de la transferencia mediando una inhibición del titular registral fallecido? que puede hacerse? gracias. nilda