Estimados colegas: Es probable que mi consulta sea muy obvia para la mayoría pero como hace muy poco que estoy ejerciendo la profesión y este sitio me permite hacer consultas que me hacen sentir más segura frente a los temas en que voy empezando a transitar es que me permito preguntarles.
Viene una señora que quiere hacer el divorcio con presentación conjunta. Hace tiempo que está separada de hecho y ambos cónyuges han vuelto a rehacer sus vidas sentimentales.
Hay menores que nacieron de la unión de esta pareja.
El tema es el siguiente. Ella quiere hacer el divorcio para terminar con esa etapa así es que se haría cargo de los gastos de este trámite porque su ex pareja no tiene intención de hacerlo. La cuestión es que si le pide alimentos conjuntamente con el divorcio por presentación conjunta teme que no le firme el mismo. Hasta ahora se las ha arreglado de la mejor manera posible.
También existe un negocio, que alquila y un auto (viejito) que fue adquirido durante el matrimonio.
Puedo hacer el divorcio por presentación conjunta sin presentar acuerdos sobre tenencia, regimen de visitas, alimentos y división de bienes? El art. 236 del C. Civil no hace obligatorio estos acuerdos.
La idea sería hacer el divorcio y una vez obtenido el mismo, más adelante accionar por los alimentos. Va a hacer un tanto difícil que pague algo porque este señor no tiene un trabajo fijo y cuando trabajo lo hace en negro.
En cuanto a los bienes de la sociedad conyugal mi idea es hacer un convenio privado ante escribano una vez obtenido el divorcio.
Estoy mal en lo que estoy pensando o lo puedo hacer?
Agradezco la atención y espero que me puedan aconsejar.
Moni
Viene una señora que quiere hacer el divorcio con presentación conjunta. Hace tiempo que está separada de hecho y ambos cónyuges han vuelto a rehacer sus vidas sentimentales.
Hay menores que nacieron de la unión de esta pareja.
El tema es el siguiente. Ella quiere hacer el divorcio para terminar con esa etapa así es que se haría cargo de los gastos de este trámite porque su ex pareja no tiene intención de hacerlo. La cuestión es que si le pide alimentos conjuntamente con el divorcio por presentación conjunta teme que no le firme el mismo. Hasta ahora se las ha arreglado de la mejor manera posible.
También existe un negocio, que alquila y un auto (viejito) que fue adquirido durante el matrimonio.
Puedo hacer el divorcio por presentación conjunta sin presentar acuerdos sobre tenencia, regimen de visitas, alimentos y división de bienes? El art. 236 del C. Civil no hace obligatorio estos acuerdos.
La idea sería hacer el divorcio y una vez obtenido el mismo, más adelante accionar por los alimentos. Va a hacer un tanto difícil que pague algo porque este señor no tiene un trabajo fijo y cuando trabajo lo hace en negro.
En cuanto a los bienes de la sociedad conyugal mi idea es hacer un convenio privado ante escribano una vez obtenido el divorcio.
Estoy mal en lo que estoy pensando o lo puedo hacer?
Agradezco la atención y espero que me puedan aconsejar.
Moni