Buenas tardes, en este caso estoy intentando trabar embargo sobre los haberes de una persona.
La empresa oficiada aun no contesto por lo que solicite oficio reiteratorio y que se apliquen astreintes.
El juzgado proveyo esta "locura":
"Buenos Aires, 18 de Mayo de 2012. Atento lo solicitado y constancias de autos, intímase a la entidad oficiada para que dentro del quinto día de notificada, proceda a dar cumplimiento con el embargo de haberes decretado en autos a cuyo fin líbrese oficio con carácter de reiteratorio. En cuanto al apercibimiento, toda vez que la medida ordenada -embargo- no se encuentra dentro de los presupuestos previstos por el art. 398 del Código Procesal; no ha lugar a la multa solicitada, debiendo el peticionante proceder por la vía establecida en los arts. 533 del Código Procesal y 576 del Código Civil. Fdo. Gerardo Santicchia, Juez".-
Que les parece?
Que hago ahora?
saludos a todos.-
La empresa oficiada aun no contesto por lo que solicite oficio reiteratorio y que se apliquen astreintes.
El juzgado proveyo esta "locura":
"Buenos Aires, 18 de Mayo de 2012. Atento lo solicitado y constancias de autos, intímase a la entidad oficiada para que dentro del quinto día de notificada, proceda a dar cumplimiento con el embargo de haberes decretado en autos a cuyo fin líbrese oficio con carácter de reiteratorio. En cuanto al apercibimiento, toda vez que la medida ordenada -embargo- no se encuentra dentro de los presupuestos previstos por el art. 398 del Código Procesal; no ha lugar a la multa solicitada, debiendo el peticionante proceder por la vía establecida en los arts. 533 del Código Procesal y 576 del Código Civil. Fdo. Gerardo Santicchia, Juez".-
Que les parece?
Que hago ahora?
saludos a todos.-
