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 #849295  por Squonk
 
martins escribió:En primer auto de beneficio proveen: "Comparezcan en primera audiencia los testigos propuestos a fin de ratificar su declaración en los términos del art. 79 del Cód. Procesal, modificado por la ley 25.488". Consulta: Si presento la declaracion con las firmas certificadas, se puede obviar la ratificacion en el juzgado?
Tienen que ratificar la declaración, no las firmas.
Me parece que no se puede obviar
 #940454  por martins
 
andresxeneizes escribió:entiendo que es facultad del juez hacer o no la audiencia, mas alla de la ratificacion de las firmas
En el 1er auto me dictaron "Comparezcan en primera audiencia los testigos propuestos a fin de ratificar su declaración en los términos del art. 79 del Cód. Procesal, modificado por la ley 25.488". La contraparte nunca dijo nada, puedo solicitar que atento a ello se deje sin efecto esta resolucion y pase a sentencia directo? Otra consulta: Como es la ratificacion? Ratifican la firma del testigo o declara nuevamente? Gracias.-
 #940587  por Mordisco
 
Lo que yo hago, es llevar personalmente a todos los testigos al juzgado para que ratifiquen sus declaraciones, me presento en mesa de entrada, con los documentos de los testigos y les aviso que vienen los testigos para ratificar sus declaraciones en un BLSG, y luego lo van llamando de uno a uno, es sencillo pero los abogados tenemos que preocuparnos y ocuparnos de llevar a los testigos.
 #940592  por Mordisco
 
A los testigos se le vuelven a formular las mismas preguntas y se les lee las declaraciones que formularon ante el abogado, y seguidamente se les preguntan si ratifican sus declaraciones, o desean rectificar (corregir un error) las mismas.

Las firmas no se ratifican o rectifican, en todo caso se reconocen como propias o se impugnan de falsedad
 #940595  por andresxeneizes
 
Mordisco escribió:Lo que yo hago, es llevar personalmente a todos los testigos al juzgado para que ratifiquen sus declaraciones, me presento en mesa de entrada, con los documentos de los testigos y les aviso que vienen los testigos para ratificar sus declaraciones en un BLSG, y luego lo van llamando de uno a uno, es sencillo pero los abogados tenemos que preocuparnos y ocuparnos de llevar a los testigos.
como dice el colega hay que llevarlos a ratificar que es algo de mero tramite