Hola estimados colegas:
En una sucesión testamentaria que tramita en Capital Federal ayer salió el proveido donde se declaró válido el testamento.
El acervo sucesorio esta compuesto por un autito, un depto y un BOLETO DE COMPRAVENTA de un inmueble en Capital Federal.
Con el autito y la casa no habría inconvenientes ya que el paso siguiente sería pedir certificados de dominio del auto y el depto e inhibición del causante para luego presentar en el expediente junto con el pago de la tasa de justicia y finalmente solicitar su inscripción en los Registros pertinentes.
La duda me surge con el Boleto de Compra Venta. Este boleto fue celebrado en el año 1995 por ante escribano y dentro del boleto existe una clausula que dice: "...la parte vendedora, otorga PODER ESPECIAL IRREVOCABLE por el plazo de 20 años, en favor de xxxxx (causante en la sucesión que estoy tramitando) para que en su nombre y representación, firme la escritura traslativa de dominio en favor de la mencionada mandataria o de quienes ésta designe o de sus sucesores universales o singulares cuando así corresponda..."
PREGUNTAS:
¿Que hago con este boleto en la sucesión?
¿Mi cliente (heredero testamentario) puede firmar por sí esta escritura en una escribanía de su confianza?, en este supuesto ¿que tendría que presentarle al escribano para escriturar? ¿se hace de esta manera?
¿O tengo que denunciar este boleto en el expediente de la sucesión y solicitarlo judicialmente?
¿Como continuo con este boleto de compra venta... ME DAN UNA MANITO PLEASE?
CUALQUIER OTRO CONSEJO O COMENTARIO SERÁ DE MUCHA AYUDA
Muchas gracias
Mariela
En una sucesión testamentaria que tramita en Capital Federal ayer salió el proveido donde se declaró válido el testamento.
El acervo sucesorio esta compuesto por un autito, un depto y un BOLETO DE COMPRAVENTA de un inmueble en Capital Federal.
Con el autito y la casa no habría inconvenientes ya que el paso siguiente sería pedir certificados de dominio del auto y el depto e inhibición del causante para luego presentar en el expediente junto con el pago de la tasa de justicia y finalmente solicitar su inscripción en los Registros pertinentes.
La duda me surge con el Boleto de Compra Venta. Este boleto fue celebrado en el año 1995 por ante escribano y dentro del boleto existe una clausula que dice: "...la parte vendedora, otorga PODER ESPECIAL IRREVOCABLE por el plazo de 20 años, en favor de xxxxx (causante en la sucesión que estoy tramitando) para que en su nombre y representación, firme la escritura traslativa de dominio en favor de la mencionada mandataria o de quienes ésta designe o de sus sucesores universales o singulares cuando así corresponda..."
PREGUNTAS:
¿Que hago con este boleto en la sucesión?
¿Mi cliente (heredero testamentario) puede firmar por sí esta escritura en una escribanía de su confianza?, en este supuesto ¿que tendría que presentarle al escribano para escriturar? ¿se hace de esta manera?
¿O tengo que denunciar este boleto en el expediente de la sucesión y solicitarlo judicialmente?
¿Como continuo con este boleto de compra venta... ME DAN UNA MANITO PLEASE?
CUALQUIER OTRO CONSEJO O COMENTARIO SERÁ DE MUCHA AYUDA
Muchas gracias
Mariela