Tengo el siguiente problema: quiero regalarle a mi viejo un auto por su cumpleaños (mi actual auto), fuimos al registro y me dijeron que tengo que presentar una escritura de donacion hecha ante un escribano, cuando pregunté qué norma decía eso, me respondieron que no tenían ni idea pero que se hacía así...
En fin, quería saber si uds. conocen cuál es la norma que manda a hacer una escritura de donación ante un escribano previamente, porque hasta ahora lo que encontré en http://www.dnrpa.gov.ar/digesto/T2C2S1.htm es que solo se requiere escribir en el formulario que es por donación... Y el código civil, específicamente dice que para bienes inmuebles es obligatoria la escritura pública, no así para los bienes muebles...
Gracias por sus respuestas.
En fin, quería saber si uds. conocen cuál es la norma que manda a hacer una escritura de donación ante un escribano previamente, porque hasta ahora lo que encontré en http://www.dnrpa.gov.ar/digesto/T2C2S1.htm es que solo se requiere escribir en el formulario que es por donación... Y el código civil, específicamente dice que para bienes inmuebles es obligatoria la escritura pública, no así para los bienes muebles...
Gracias por sus respuestas.