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Un Sitio de Ley 

  • Inmueble embargado y abandonado

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #854947  por lerpg
 
Colegas:
El una ejecución de honorarios he embargado un inmueble que es el único bien de una firma ejecutada. Asimismo éste es el domicilio real y constituido de la misma. Si la firma lo alquila, se muda (sin domicilio conocido) o sencillamente lo abandona: ¿Se puede pedir la entrega -como medida cautelar- del mismo? Se necesita jurisprudencia al respecto.
Gracias.-
 #855532  por lerpg
 
ebarreyro: Gracias por la atencion al responder. Mas, mi pregunta apunta a lo siguiente:

Si embargo un campo, puedo pedir la entrega en guarda si el propietario, por ejemplo, lo está desforestando. Sobre ello existen antecedentes.

Ahora bien: Si se trata de unas oficinas que embargué -como en mi caso- ¿puedo pedir la entrega en guarda por que el titular hizo abandono de las mismas?
Desde ya y nuevamente Gracias