Mi cliente recibio una Notificacion de Infraccion (estacionamiento en lugar prohibido), con la foto correspondiente. El tema es que el vive en el interior del Chaco (ciudad de General Jose de San Martin, a más de 1.200 km de la CABA) y dice que NUNCA estuvo en la ciudad de Buenos Aires. En la foto, en verdad, no se aprecia con claridad la patente, es bien borrosa. El color del vehiculo tampoco es el mismo, aunque si el tipo de vehiculo (un Renaul 9).
En general lo que suelo hacer en estos casos (con buenos resultados) es solicitar el envio de las actuaciones al Juzgado de Faltas de esta ciudad, atento la distancia, invocando el Art. 69 Inc. h) y 71 de la ley 24.449. No veo una norma similar en la ley 1217.
En este caso, es lo mismo, o hay otra via?. Que sugieren?.
Muchisimas gracias.
En general lo que suelo hacer en estos casos (con buenos resultados) es solicitar el envio de las actuaciones al Juzgado de Faltas de esta ciudad, atento la distancia, invocando el Art. 69 Inc. h) y 71 de la ley 24.449. No veo una norma similar en la ley 1217.
En este caso, es lo mismo, o hay otra via?. Que sugieren?.
Muchisimas gracias.