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  • Multa de transito. Domicilio a 1000 kms

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 #855538  por didiyale
 
Mi cliente recibio una Notificacion de Infraccion (estacionamiento en lugar prohibido), con la foto correspondiente. El tema es que el vive en el interior del Chaco (ciudad de General Jose de San Martin, a más de 1.200 km de la CABA) y dice que NUNCA estuvo en la ciudad de Buenos Aires. En la foto, en verdad, no se aprecia con claridad la patente, es bien borrosa. El color del vehiculo tampoco es el mismo, aunque si el tipo de vehiculo (un Renaul 9).
En general lo que suelo hacer en estos casos (con buenos resultados) es solicitar el envio de las actuaciones al Juzgado de Faltas de esta ciudad, atento la distancia, invocando el Art. 69 Inc. h) y 71 de la ley 24.449. No veo una norma similar en la ley 1217.
En este caso, es lo mismo, o hay otra via?. Que sugieren?.
Muchisimas gracias.
 #855834  por joseluis25
 
didiyale escribió:Mi cliente recibio una Notificacion de Infraccion (estacionamiento en lugar prohibido), con la foto correspondiente. El tema es que el vive en el interior del Chaco (ciudad de General Jose de San Martin, a más de 1.200 km de la CABA) y dice que NUNCA estuvo en la ciudad de Buenos Aires. En la foto, en verdad, no se aprecia con claridad la patente, es bien borrosa. El color del vehiculo tampoco es el mismo, aunque si el tipo de vehiculo (un Renaul 9).
En general lo que suelo hacer en estos casos (con buenos resultados) es solicitar el envio de las actuaciones al Juzgado de Faltas de esta ciudad, atento la distancia, invocando el Art. 69 Inc. h) y 71 de la ley 24.449. No veo una norma similar en la ley 1217.
En este caso, es lo mismo, o hay otra via?. Que sugieren?.
Muchisimas gracias.
Buenas tardes, tene cuidado con plantear la ley 24.449 (Ley Nacional de Tránsito) ya que la provincia de Buenos Aires no esta adherida a la misma y tiene su propia ley (la 11.430 y sus modificatorias). Tampoco estan adheridas las provincias de Mendoza y de Córdoba. Saludos
 #855968  por didiyale
 
joseluis25 escribió:Buenas tardes, tene cuidado con plantear la ley 24.449 (Ley Nacional de Tránsito) ya que la provincia de Buenos Aires no esta adherida a la misma y tiene su propia ley (la 11.430 y sus modificatorias). Tampoco estan adheridas las provincias de Mendoza y de Córdoba. Saludos
Muchas gracias joseluis25 por tu aporte.

Fijate que la infracción en Capital Federal (no en provincia de Buenos Aires).

El tema de la distancia puede plantearse a partir de los preceptos constitucionales (debido proceso y defensa y en juicio). Es por ello que lo intrudujo la ley nacional (24.449) tan claramente. En Córdoba (ley 8.560), en Santa Fe (ley 13.133), Mendoza (ley 6.082) y Buenos Aires (ley 11.430, introducida esta cuestion por la ley 12.308) estan incorporadas aunque no tan claramente como en la nacional. Pero en definitiva esta claro que una multa en cualquiera de estas provincias para alguien de Chaco, por ej. o en cualquier otra provincia lejana es "indefendible" para cualquiera, por lo que se afectaria el principio de lal Debido Proceso y de la Defensa en Juicio.

La ley nacional directamente "remite" el Expte. y la resolución del mismo a la jurisdiccion del domicilio. En otros casos solo se permite que "el descargo" sea hecho en la jurisdiccion del domicilio (generalmente en los Juzgados de Faltas), pero el resto del trámite, incluso la sentencia se hace en el lugar de la infracción. Lo cual si no es insconstitucional le pega en el palo, porque la apelación se dificulta (nuevamente en detrimento de los principios constitucionales citados).

Creo que EN TODOS LOS CASOS el planteo de la distancia es atendible. Yo, en verdad, lo que quiero saber es si, en vez de la Carta Documento que mandamos siempre a otras jurisdicciones en el caso de Capital Federal (ciudad autonoma de Buenos Aires) habia alguna otra via mas rapida (y sobre todo más barata ...).

Un abrazo.

Carlos
 #856253  por Drchoque
 
AYY Q POCO FORMAL LO QUE VOY A DECIR, PERO... NI TE CALENTÉS... SE JUNTAN CON TU CLIENTE Y VAN A COMER UNA PARRILLADA. NI TE CALENTES POR HACER EL DESCARGO. SALUDOS.