Colegas, un cliente me hizo la siguiente consulta, el esta afiliado a una obra social como particuar, es monotributista, ahora su concubina esta embarazada y quiere adherirla, en la obra social le dijeron que tiene que pagar por ella el mismo precio que paga el, o sea el doble de lo que venia pagando el solo, esto es asi? donde esta legislado? Yo tenia entendido que solo debe pagar un adicional, un porcentaje minimo. Ahora bien, en caso que afilie a la concubina, la obra social debe cubrir el embarazo? Por favor espero respuestas. Desde ya muchas gracias.-
Una vez esté afiliada, los gastos de embarazo y nacimiento deben ser cubiertos ya que figuran en el Plan Médico Obligatorio (PMO) y "La Obra Social debe brindar las prestaciones del Plan Médico Obligatorio de Emergencia y otras coberturas obligatorias, sin carencias, preexistencias o exámenes de admisión". .
Sobre el monto que le quieren cobrar, no sé si es correcto o no.
