TEMA: COMPETENCIA. Conexidad. Sucesiones. Hermanos.
Si se trata de las sucesiones de dos hermanos en las que, si bien no existe total identidad de herederos, se transmite el mismo bien, y aún no se ha dictado declaratoria de herederos en la primera y, por lo tanto, no se ha efectuado la partición, existiendo diligencias y trámites comunes, corresponde su acumulación.
SCARPINO, Francisco s/ SUCESION AB-INTESTATO - COMPETENCIA 98/06/11
C. S004321
Civil - Sala S
Fuente:
http://ar.vlex.com/vid/scarpino-francis ... o-35393748
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COMPETENCIA. Acumulación. Sucesiones.
La acumulación de las denominadas sucesiones vinculadas, al margen de lo dispuesto por el art. 696 del Código Procesal Civil y Comercial, sólo es procedente cuando existe identidad de herederos y de masa hereditaria
o cuando medien poderosas razones de economía procesal que así lo aconsejen, cuando existen diligencias pendientes en ambas sucesiones que, dados los extremos citados resulte conveniente realizarlos en conjunto, para evitar el dispendio de actividad jurisdiccional.
GROSSMANN, Lidia c/ s/SUCESION AB-INTESTATO - COMPETENCIA 20/04/94
C. T00318
Civil - Sala S
Fuente:
http://ar.vlex.com/vid/scarpino-francis ... o-35393748
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TEMA: COMPETENCIA. Acumulación de procesos. Sucesiones.
Aunque la calidad de los causantes y sucesores resulte diversa, si existe identidad, aún parcial, de acervo a transmitir, razones de orden práctico, entidad de los bienes involucrados, cuestiones de economía procesal y seguridad jurídica, justifican la concentración de los procesos ante un mismo juez con el correspondiente desplazamiento de la competencia.
MANZIONE, Armando Lauro s/ SUCESION AB-INTESTATO 98/11/03
C. J081542
Civil - Sala J
Fuente:
http://ar.vlex.com/vid/armando-lauro-su ... o-35400466
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TEMA: COMPETENCIA. Acumulación de procesos. Sucesiones.
Aún cuando no exista total identidad de herederos y de masa hereditaria, es posible disponer la acumulación de dos procesos sucesorios cuando existen diligencias y trámites comunes pendientes, previos a la partición. En tales casos median razones que justifican apartarse de las normas que rigen la distribución de expedientes para los juzgados de primera instancia.
BARTOLINI, Alicia Victoria s/ SUCESION - COMPETENCIA 99/10/14
C. S004826
Civil - Sala S
Fuente:
http://ar.vlex.com/vid/bartolini-alicia ... n-35397744