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  • despido SIN CAUSA de un call center

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #861495  por gabrielacordoba2012
 
buenas tardes. consulto por un despido, en el cual ya se indica que es sin causa.
empleada trabajaba en ese call center de córdoba capital hace 2 años y 2 meses. habiendo comenzado en abril del 2010 y siendo despedida el 22 de junio de 2012, dia laboral de ella, en el cual al entrar al trabajo , luego de 1/2 hora laboral, se le informa que se retire.
en este caso, ademas de la indemnizacion se debe pedir vacaciones y aguinaldo ?
hay algún caso de diferencia de haberes en este foro ?
la empleada se niega a firmar el despido, y por las dudas presenta ese mismo día un certificado medico, ya que a pesar de ir a trabajar se encontraba enferma ese día, y se quiso asegurar de que le pagasen el día.
hay algo mas que hacer ?
cuando le llegue el telegrama que tiene que hacer ?
hay algun abogado que me pueda pasar sus datos y sea de cordoba y haya tramitado diferencia de haberes en un call center ?
 #861615  por sanjuanino
 
Es un despido sin causa común, en el que van todas los rubros habituales de una indemnización. A que se refiere con diferencias de haberes?
 #862133  por nonbis
 
sanjuanino escribió:Es un despido sin causa común, en el que van todas los rubros habituales de una indemnización. A que se refiere con diferencias de haberes?
Posiblemente se refiera a la posibilidad de invocar el convenio de telefónicos en lugar del de comercio. Adelanto: las Cámaras del Trabaja en Córdoba son MUY reacias a reconocer el convenio de telefónicos a la situación de los "contact center". Además no menciona cuál es la empresa para la cual trabaja, dato necesario porque hay un convenio que se desprende del de Comercio y se aplica a los centros de contacto para terceros. En este momento no recuerdo el N° ni a qué empresas se aplica, pero desde ya no se aplica a la actividad. Cualquier cosa a disposición.-
 #862142  por LauraS
 
Efectivamente, si no aplica FOETRA invoca el 451/2006 (que es una desmembracion del CCT de Comercio) como bien indicaba el colega preopinante.

Suerte!
 #862967  por sanjuanino
 
muy buenos los datos, colegas nunbis y laura