hola, necestiosacarme esta duda.... en un juicio de daños de capital fedral, estamos en esta etapa, se certifico prueba, y se colocaron los autos para alegar. ahora bien tengo entendido que el plazo comienza a correr a partir de que quede firme la notificación de la resolución a la demandada, que segun el juzgado puede ser de cinco o de tres días para quedar firme. ahora bien como se apartir de cuando puedo retirar el expediente (parte actora) ¿tengo que ver la cedula de notificación y esperar el plazo? y me notifico por expediente, solicitando el retiro del expedientes a los efecrtos de alegar?
bueno si me pueden orientar...gracias.
bueno si me pueden orientar...gracias.
