Colegas, ocurre un accidente de tránsito. El vehículo de mi cliente recibe destrucción total. Su seguro (todo riesgo) le abona la póliza. Independientemente de ello, ¿tiene derecho a iniciar acciones por daños y perjuicios (daño material, físico, moral, etc.) contra las aseguradoras de los otros vehículos causantes del accidente, aunque ya haya cobrado el de su propio seguro?
Un colega me dijo que no puede reclamar los mismos daños que ya cobró, porque representaría un enriquecimiento sin causa al cobrar dos veces por el mismo daño. Sin embargo, yo estimo que no es así, puesto que lo cobrado en primer lugar se debe a un seguro que ella contrató y que nada tiene que ver con las aseguradoras que deben responder por el daño provocado por sus clientes.
Aguardo su respuesta. Gracias!
Un colega me dijo que no puede reclamar los mismos daños que ya cobró, porque representaría un enriquecimiento sin causa al cobrar dos veces por el mismo daño. Sin embargo, yo estimo que no es así, puesto que lo cobrado en primer lugar se debe a un seguro que ella contrató y que nada tiene que ver con las aseguradoras que deben responder por el daño provocado por sus clientes.
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