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 #863827  por Pandilla
 
¿Y si no quiere....? (¿y a vos quién te concoe...., ete e mi tu-tu...?)

:shock:
 #863861  por feragus
 
Pandilla escribió:¿Y si no quiere....? (¿y a vos quién te concoe...., ete e mi tu-tu...?)

:shock:
Este señor Pandilla es un hombre o u niño? Debe serlo, porque estamos en presencia de un debate jurídico y este forista (niño, hombre o no sé qué) se la pasa interviniendo con estupideces. Yo creo que debieran suprimirlo.
 #864068  por claraabogada
 
La verdad que la mayoría de las opiniones están aportando datos e ideas interesantes.
Yo sigo pensando y leyendo acerca del hurto. Veo las opiniones divididas en caso del condominio.
Igualmente me parece una buena estrategia para comenzar intimar al "vendedor" a poner a disposición el auto. Sin mencionar nada más.
Veremos si hay algún otra idea que aporte algo más. Sino la semana que viene ya estaré comenzando con algo.
 #864143  por PenalistaCBA
 
claraabogada escribió:Buenas noches.
La consulta es la siguiente: Dos personas tienen en condominio un automotor, cada uno con un 50%. Mientras uno de los condóminos vivía en el exterior, el otro vende su 50% indiviso, originando una nueva situación registral. Pero además entrega la posesión del automotor a este nuevo adquirente. Con o cual mi cliente se vió privado de su posesión. La pregunta es el encuadre del delito para así poder realizar una intimación y/o eventualmente denuncia penal en contra del condomino que enajenó...
Y en cuanto al tercero adquirente, ¿qué se le podría reclamar? Desde ya agradezco sumamente cualquier colaboración.


PERDONNNN???!!!!.... De la lectura "literal" del post díganme de donde surge la conducta delictual del nuevo condóminooo???... :twisted:

La colega solo habla de que a consecuencia de la venta, y entrega de automotor, su cliente que ESTABA EN EL EXTERIOR, se vio privado de la POSESIÓN...

PREGUNTOOOO....Como se puede afectar una POSESIÓN de un bien cuando quien la reclama estaba en el extranjerooo???

La redacción originaria del post a las claras habla SÓLO de una situación cambio de titularidades en un condominio que, prima facie, encuentra solución por las reglas propias que establece el Código Civil...

Todo lo posterior fueron "AGREGADOS" por opiniones que fueron más allá de lo que originariamente preguntó la colega... :shock:
 #864146  por PenalistaCBA
 
..........El hurto no pasa por los derechos reales, sino por la "entrega del vehículo a un tercero adquirente del 50%" sin dar aviso al condómino y que este preste su conformidad, "habría que leer si hicieron algún contrato entre ellos" que tiene que ver los derechos reales? obviamente que el tipo que vendió el 50% desde el punto de vista civil esta perfecto aún puede consituir una prenda sobre su 50%. Pero de ninguna manera ENTREGARLO a un tipo que se lleva el 100% (es decir un delito) Es por estas cosas que algunos somos abogados Responsable Inscipto y otros Monotributistas (x la $$$$ que juntamos) *desp*

*cafe* E.G.T. (SALVO QUE ME DESARROLLES UN AGUMENTOS RAZONABLE ....Y FUNDAMENTADO EN QUE PARTE DE LOS "DERECHOS REALES" ESTARÍA JUSTIFICADA LA ENTREGA..... :roll: MEJOR SEGUI LEYENDO LOS POST SIN METER LA PATA)[/quote]


Creo que Ud., en su persecución contra el enigmático PANDILLAAAA, ha perdido el correpto "foco" de análisis jurídico del caso propuesto por la colega... "Sí lee correptamente el post", verá que en ningún lugar del tenor literal del mismo surge la conducta delictual que Ud. "anexa y desarrolla"; y del cual luego surge toda la confusión...

Sí la colega toma el camino "equivocado" en su reclamo y se excede en su pretensión, cualquier abogado "hábil y astuto" podrá tenderle una emboscada a efectos de reclamar luego los daños y perjuicios por el exceso de su conducta... *leo* .-

Y en cuanto a cuales serían los fundamentos jurídicos de mi postura... Los podrá saber previo pago de consulta... *cafe*
 #864709  por claraabogada
 
Supongamos que el caso no encuadra dentro de la figura del hurto.
Pero daño ha existido. Por cuanto mi cliente (el otro condómino) vuelve y se encuentra que el auto se encuentra en posesión de un tercero (nuevo adquirente del otro 50%).
Por lo tanto su posesión actual está afectada claramente.
En base a esto me sigo preguntando ¿Qué le reclamo al otro condómino original?, y eventualmente, ¿Qué le reclamo al tercero comprador??
 #864909  por PenalistaCBA
 
EGTRECARGADO escribió:
:roll: .....le parece que .."estaría en condiciones de cobrar una consulta y asesorarme "correptamente" :roll:
*cafe* E.G.T.
No se trata de condiciones..sino de tiempooo... Y para asesorarlo a Ud. ya esta PANDILLA!!!! :lol:
 #865776  por Pandilla
 
SORRY BOYS, YO SÓLO ASESORO A PROFESIONALES DEL DERECHO.CONSULTEN CON JV2, POR AHÍ PUEDE.....

:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #865842  por feragus
 
Pandilla escribió:SORRY BOYS, YO SÓLO ASESORO A PROFESIONALES DEL DERECHO.CONSULTEN CON JV2, POR AHÍ PUEDE.....

:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
Así que asesora a Jeanvaljean? Bueno es saberlo, cuando consulte esa forista será remitida su consulta a usted. Seguro que va a estar muy contenta.
 #865863  por claraabogada
 
Bueno gente, más allá de lo anecdótico del foro les comento que como primer medida estoy intimando al condómino comprador del 50% al cese del uso privativo y exclusivo y a poner el auto a disposición de mi cliente en su calidad de copropietario. Todo bajo apercibimiento de demandar pago de cánon locativo y accionar por división de condominio y/u otras que pudieren corresponder. Veremos que resulta de todo esto...
 #866606  por Pandilla
 
Clarita ha estudiado del "Manual los Derechos Reales no son principes", cuyo Autor es el Honorable Doctor Pandilla.

Saludos.
 #866954  por Pandilla
 
SACRILEGIO.......... :shock: :shock: :shock: :shock: :shock: :shock: :shock:
¿LOS NEO-NAZIS ESTÁN HACIENDO PUBLICIDAD AND PROPAGANDA EN EL PORTAL DE ABOGADOS.........................???????? :shock: :shock: :shock: :shock: :shock:

SACRILEGIO, DEBEN SER EXCOMULGADOS.................. *cumple* :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #866985  por feragus
 
Pandilla escribió:SACRILEGIO.......... :shock: :shock: :shock: :shock: :shock: :shock: :shock:
¿LOS NEO-NAZIS ESTÁN HACIENDO PUBLICIDAD AND PROPAGANDA EN EL PORTAL DE ABOGADOS.........................???????? :shock: :shock: :shock: :shock: :shock:

SACRILEGIO, DEBEN SER EXCOMULGADOS.................. *cumple* :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
Publicar enlaces de diarios and demás también es hacer propaganda, pues remite a sitios de internet que lucran con las visitas de las personas. El que estè libre de pecado que tire la primera piedra.
Còmo le quedò el ojo señor NEO FACHO- NEO COMUNISTA- VIEJO BUFARRÓN?