Estimados colegas,
Quería consultarles su opinión en el siguiente caso.
Mi cliente ingresó a trabajar por tres meses bajo contrato de plazo fijo, al vencer continuó trabajando y al cuarto día volvió a firmar otro contrato por tres meses, conservando su antiguedad y surgiendo en el contrato que no requería de preaviso.
Finalizado estos nuevos tres meses lo liquidan.
Entiendo que la cláusula de preaviso en el contrato es inválida, y que al trabajar más de un mes, le corresponde el preaviso.
Como en este caso no ocurrió debo intimar indemnización conforme relación de dependencia.
Mi consulta es la siguiente: ¿en el telegrama intimo indemnicen los 6 meses trabajados, o los últimos tres?
Agradezco cualquier sugerencia.
Cordiales saludos.
Quería consultarles su opinión en el siguiente caso.
Mi cliente ingresó a trabajar por tres meses bajo contrato de plazo fijo, al vencer continuó trabajando y al cuarto día volvió a firmar otro contrato por tres meses, conservando su antiguedad y surgiendo en el contrato que no requería de preaviso.
Finalizado estos nuevos tres meses lo liquidan.
Entiendo que la cláusula de preaviso en el contrato es inválida, y que al trabajar más de un mes, le corresponde el preaviso.
Como en este caso no ocurrió debo intimar indemnización conforme relación de dependencia.
Mi consulta es la siguiente: ¿en el telegrama intimo indemnicen los 6 meses trabajados, o los últimos tres?
Agradezco cualquier sugerencia.
Cordiales saludos.