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  • DOS EMBARGOS EN MI SUELDO ??? QUE HAGO...

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 #867902  por ofvinals
 
gcgoldstein escribió:Estimados Colegas:
No me parece serio ni profesional poner en tela de juicio si la conducta de quien formuló la pregunta es la correcta o no (pagar o no pagar cuota alimentaria); la consulta es estríctamente técnica.
El pago de alimentos es un deber, pero existe un derecho constitucional a no confiscar nuestro patrimonio, y en éste sentido, eventualmente, le asistiría razón a quien forumuló la pregunta en nuestro foro.
Sea que se considere o no embargo a las retenciones por cuota alimentaria la indica que el Juez deberá justipreciar el monto a embargar teniendo en cuenta las necesidades del alimentado, pero también las posibilidades del alimentantes so pena de afectar su ingreso seriamente.

Saludos
Como usted dice la consulta es estrictamente tecnica... entonces que concurra a un abogado y la pague.-