Hace 2 años me pase a planta permanente de la ley 10430 de la administración pública, soy categoria 8 agrupamiento 3. Al ser profesional tendria que tener agrupamiento 5, reconocen el error pero en estos 2 años no lo modificaron, alguien sabe si implica diferencia de dinero estar en uno u otro agrupamiento? Gracias
si existe diferencia, tenes que reclamar tu categorizacion correspondiente elevando una nota al departamento de personal del ministerio que corresponda, y en caso de negativa formular reclamo administrativo.
REGIMEN SALARIAL
ARTICULO 164°: Determinase para el personal de Planta Permanente con estabilidad, veinticuatro (24) categorías salariales, desarrolladas de acuerdo al detalle establecido en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente.