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  • Obra social se niega a dar cobertura a estudios en embarazo

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #871653  por maiteb
 
Hola a todos quería saber si alguien me puede ayudar por que el tema es que una afiliada a obra social galeno plan plata, quedo embarazaron embarzo gemelar ,tiene 37 años, perdidas de embarazo anteriores, trombofiglia, ósea edad avanzada y embarazo gemelar de riesgo y galeno no le quiere dar cobertura a estudios indispensablesycostosos como translucencia' nucal y punción. Habría que mandar carta documento intimando a q reintegren el importe pagado potreros estudios y antela negativa iniciar un amparo. Agradecería la respuesta de alguien que este en tema. Saludos. Maite.b
 #871654  por maiteb
 
Hola a todos *flor* , quería saber si alguien me puede orientar en como encarar reclamo, ante obra social que no quiere cubrir estudios necesarios para mujer con embarazo gemelar, edad avanzada, perdida de embarazos anteriores ósea lo que se considera embarazo de riesgo. Desde ya agradezco sus respuestas. Saludos
 #871809  por marivas12
 
maiteb escribió:Hola a todos *flor* , quería saber si alguien me puede orientar en como encarar reclamo, ante obra social que no quiere cubrir estudios necesarios para mujer con embarazo gemelar, edad avanzada, perdida de embarazos anteriores ósea lo que se considera embarazo de riesgo. Desde ya agradezco sus respuestas. Saludos
Hola, si la obra social ya se negó a dar la prestación te queda el camino judicial: recurso de amparo, Ley NACIONAL 16986, invocar art. 14 de la Constitución Nacional. que deberás fundamentarlo en el PMO, programa medico obligatorio, no sé si lo buscaste por internet, en el mismo encontraras datos utiles, a continuación te transcribo el espíritu de la ley 25929, adjuntando documentacion medica e historia clinica de donde surge la necesidad de dichos estudios.
Espero te se de utilidad. Suerte

LEY 25.929
Prestaciones que deberán brindar las obras sociales y las entidades de medicina prepaga, durante el nacimiento. Se establece que las citadas entidades deberán brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en la presente ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio, a toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el posparto. Derechos de la persona recién nacida; derechos de los padres de una persona recién nacida en situación de riesgo. Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación en el ámbito de su competencia; y en las provincias y la Ciudad de Buenos Aires sus respectivas autoridades sanitarias. Sanciones por incumplimiento de la presente ley, por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga, como así también el incumplimiento por parte de los profesionales de la salud y sus colaboradores y de las instituciones en que estos presten servicios.
Sanción: 28/08/04
Promulgación: 17/09/2004
B. O.:21/09/04
 #871828  por cmr
 
maiteb escribió:Hola a todos quería saber si alguien me puede ayudar por que el tema es que una afiliada a obra social galeno plan plata, quedo embarazaron embarzo gemelar ,tiene 37 años, perdidas de embarazo anteriores, trombofiglia, ósea edad avanzada y embarazo gemelar de riesgo y galeno no le quiere dar cobertura a estudios indispensablesycostosos como translucencia' nucal y punción. Habría que mandar carta documento intimando a q reintegren el importe pagado potreros estudios y antela negativa iniciar un amparo. Agradecería la respuesta de alguien que este en tema. Saludos. Maite.b
mi respuesta no es desde el punto de vista legal, sino personal, los estudios que le estan ordenando a tu clienta son usuales, mi sugerencia es que el medico agregue en al orden que es tanto la trasluciencia como puncion ( me hice ambos) se ordenen por tener antecedentes en 3 grado de alguna enfermendad genetica, el medico hace una nota la presentas en la os y te lo ordenen, si vas por la via judicial, lamentablemente no llegas con los tiempos.-
SUERTE!!