Hola colegas, me podrían aclarar una duda que tengo con respecto a la jubilación de ama de casa? ¿Porque las mujeres que tienen 60 a 64 años y que no poseen aportes posteriores a 1993 con la sola moratoria no se pueden jubilar? También leí que se podrá compensar el exceso de edad en las personas con la falta de servicios en la proporción de dos años de edad excedente con 1 año de servicios faltante. Entonces ¿porque se hace referencia sólo a las mujeres de 64 años y no a las mujeres de 62 años? para puedan adherirse en forma total a la moratoria de aportes sin necesidad de servicios posteriores a septiembre de 1993.
Su ayuda me va a ser de mucha utilidad, asi que desde ya muchas gracias.
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