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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #878930  por mariasoledadm
 
Hola colegas, me podrían aclarar una duda que tengo con respecto a la jubilación de ama de casa? ¿Porque las mujeres que tienen 60 a 64 años y que no poseen aportes posteriores a 1993 con la sola moratoria no se pueden jubilar? También leí que se podrá compensar el exceso de edad en las personas con la falta de servicios en la proporción de dos años de edad excedente con 1 año de servicios faltante. Entonces ¿porque se hace referencia sólo a las mujeres de 64 años y no a las mujeres de 62 años? para puedan adherirse en forma total a la moratoria de aportes sin necesidad de servicios posteriores a septiembre de 1993.
Su ayuda me va a ser de mucha utilidad, asi que desde ya muchas gracias.
 #878936  por drelinag
 
Es simple, con la moratoria 24476 (mal llamada jubilacion del ama de casa) podés comprar aportes desde los 18 años de edad de la persona (sea hombre o mujer) hasta el mes de septiembre de 1993, si sacás la cuenta verás que en el caso una mujer de 60 años no le entran 30 años, que son los aportes requeridos para obtener el beneficio, podés compensar con exceso de edad, como vos dijiste, cada 2 años de exceso anses te dá uno como aportado, si tiene aportes posteriores a 1993, o sea fuera de la moratoria, vas achicando los períodos de moratoria, si no es así tendrás que compensar con exceso de edad.
 #878938  por alcirana
 
Es simple el cálculo. Una mujer nacida en el 48 hoy compra 27 años y 8 meses de moratoria, tiene 2 años y 3 meses de exceso de edad, mes más, mes menos, tenés los 30 años, sin necesidad de comprar servicio doméstico.