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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #87522  por solcito1515
 
JUICIO LABORAL
Última edición por solcito1515 el Mié, 27 Feb 2008, 16:11, editado 1 vez en total.
 #87542  por evasusana
 
[tenes que intimar mediante telegrama a las dos empresas tanto por el despido como por el accidente y despues si esto es capital federal y cuando ya termines con el intercambio telegrafico pedir la audiencia de conciliacion con ambas empresas. Si no recuerdo mal tuve un caso igual y despues la empresa contratista arreglo en la etapa de conciliacion . Saludos Eva]

 #88032  por aguchi
 
En tu caso, se aplicaría el art. 29 de la LCT, la empresa para la cual prestaba servicios se considera empleadora directa y Manpower es solidariamente responsable.
Yo tuve dos casos iguales y terminó haciendose cargo económicamente la intermediaria, pero tendrías que intimar a ambas a que te aclaren la situación laboral delimitando bien en función de qué cada una es responsable. POrque quienes toman empleados mediante consultoras siempre aducen que son empleados de ellas, ya que les pagan en sueldo, etc.-

 #88434  por ffrancos
 
En mi opinión tendrías que intimar a ambas empresas aclaren la relación laboral, ya que según lo dicho aún no se encuentra extinguido el contrato.

Con respecto a la lesión, yo buscaría un certificado médico --urgente--, y denunciaría el siniestro ante la ART, sin importar que la empresa lo estime necesario o no.

Suerte.-

 #91238  por MORGAN
 
HABRIA QUE VER SI HAY SOLIDARIDAD DEL 29 LCT. IGUAL MANDARIA A AMBAS SOLICITANDO ME ACLAREN SITUACION LABORAL Y DENUNCIEN ART. HACIENDO CONSTAR LA CORRESPONSABILIDAD. DESPUES VER COMO SIGUE. ACA SEGUIMOS AVISE