Les cuento, que estoy muy preocupada por las mediaciones voluntarias, y no encuentro respuesta satisfactoria. Con respecto a las materias no mediables (familia, laboral) no existiria problema. Si realizamos una voluntaria y existe acuerdo tampoco, por el reglamento 3585, se homologa, cobramos todos felices. El problema es, para mí, en el caso que no hay acuerdo, no tiene habilitada vía judicial, la parte tendría que pagar nuevamente honorarios en la prejudicial. Soluciones sugeridas: no hacer voluntarias. Me explicaron en el Centro de mediacion que deberíamos dejar constancia en acta, que la parte requirente conoce que no existe via judicial habilitada en caso de no llegar acuerdo y estaría obligada hacer prejudicial... problemático... alegariamos nuestra propia torpeza?, si bien la ley no prohíbe que hagamos voluntaria, tampoco especifica que estamos habilitados (reglamentos), si surgiría que los escribanos están habilitados para voluntarias, deberíamos hacer amparo para explicar que el reglamento no se puede oponer a la ley de fondo???