buenas.. estoy recien recibida y voy a comenzar haciendo un divorcio..la verdad que estoy un poco desorientada, es mas dificil de lo q pensaba oner en practica lo que uno ha leido en la facultad, me surgen un par de dudas y agradeceria si alguien puede despejarmelas.
mi cliente se separo de hecho hace 6 meses, si bien no entra en la causal del 214 inc. 2, ¿me conviene "forzar" las fechas para invocar esta causal o ir directamente por un mutuo acuerdo del 215?? ¡que me conviene? otra de mis dudas tiene que ver con los bienes de la sociedad conyugal.. en un modelo que me paso un colega en el item de bienes dice:
III- BIENES:
Las partes han acordado en forma privada la atribución, distribución y adjudicación de los bienes constitutivos del patrimonio de la sociedad conyugal, reservándose las acciones legales pertinentes para el caso de eventuales conflictos.
Que alcance tiene esto? es decir, una vez que salga la sentencia de divorcio el bien seguira perteneciendo a las dos ex conyugues hasta que hagan la correspondiente particion en otro momento?? y la otra duda tiene que ver con los honorarios, me conviene realizar un convenio con el cliente o esperar la regulacion judicial? agradeceria a quien pueda orientarme un poco, muchas gracias!!!
mi cliente se separo de hecho hace 6 meses, si bien no entra en la causal del 214 inc. 2, ¿me conviene "forzar" las fechas para invocar esta causal o ir directamente por un mutuo acuerdo del 215?? ¡que me conviene? otra de mis dudas tiene que ver con los bienes de la sociedad conyugal.. en un modelo que me paso un colega en el item de bienes dice:
III- BIENES:
Las partes han acordado en forma privada la atribución, distribución y adjudicación de los bienes constitutivos del patrimonio de la sociedad conyugal, reservándose las acciones legales pertinentes para el caso de eventuales conflictos.
Que alcance tiene esto? es decir, una vez que salga la sentencia de divorcio el bien seguira perteneciendo a las dos ex conyugues hasta que hagan la correspondiente particion en otro momento?? y la otra duda tiene que ver con los honorarios, me conviene realizar un convenio con el cliente o esperar la regulacion judicial? agradeceria a quien pueda orientarme un poco, muchas gracias!!!